content_copy Noticias - Comunicados convenio
Firma del III Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social
Comisiones Obreras y UGT Servicios Públicos informan que, se ha firmado el III Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social
Firma del III Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social
Comisiones Obreras y UGT Servicios Públicos informan que, se ha firmado el III Convenio Colectivo Estatal de Acción e Intervención Social
UNESPA plantea una ultraactividad limitada que CCOO no acepta
En la reunión de Grupo de Trabajo celebrada el 18 de diciembre, UNESPA ha dado respuesta a las propuestas que desde CCOO hicimos en la anterior reunión del 25 de noviembre, pero sus respuestas no nos sirven.
Situación actual convenio Servicios de campo de reposición y marketing operacional
Al vencimiento de su vigencia en diciembre de 2023 se denunció en el REGCON y se inició su negociación con mucha dificultad
CONVENIO COLECTIVO: O HAY AVANCES REALES O HABRÁ MOVILIZACIÓN
La negociación del Convenio Colectivo de los Servicios de Prevención llega al cierre de 2025 bloqueada por la patronal.
Las propuestas están sobre la mesa, pero las posiciones siguen muy alejadas.
Desde CCOO lo decimos alto y claro:
Si ASPREN, ASPA y ANEPA no abandonan el bloqueo y no traen el 20 de enero una propuesta seria y cercana a la sindical, iniciaremos un calendario de movilizaciones que puede desembocar en paros y huelga.
No vamos a permitir que se siga dilatando una negociación que afecta directamente a nuestros salarios, nuestra jornada y nuestras condiciones de trabajo.
COMUNICADO DE CC.OO. SOBRE LAS MEDIDAS ANUNCIADAS POR LA EMPRESA
Tras el comunicado emitido por la Empresa el pasado 12 de diciembre en el que se anuncia su intención de llevar a cabo reajustes por la marcha del colectivo Generali, queremos anunciar lo siguiente:
Ante la posibilidad de la aplicación de una distribución irregular de la jornada que mediante la modificación de contratos pretenda imponer a los trabajadores periodos de ausencia anuales para su posterior recuperación en temporada alta bajo la amenaza de que, de no aceptarse, será despedido (tal y como ya ocurrió en el presente año con determinados compañeros ante la marcha del colectivo AMA), queremos manifestar que solo la voluntad inequívoca del conjunto de la plantilla de oponerse a dichas imposiciones puede impedirlo.
De la misma forma, la modificación de contratos para la pretendida movilidad funcional que persiga utilizar a los actuales operadores de asistencia para distintas tareas en otras áreas (por ejemplo: venta de pólizas, recuperación de socios o directamente labores comerciales) debe ser rechazada de la misma forma, y por nuestra parte consideramos excede de los límites de la llamada movilidad funcional y no puede imponerse de manera colectiva sin el consentimiento de los representantes legales de los trabajadores.
De este modo, y llegado el caso, solamente el anuncio de que por nuestra parte se actuará parando inmediatamente la producción (tenga las consecuencias que tenga) hará entender a los responsables de que ese no es el camino. Todo lo demás supondría convertir los "reajustes" en una lotería de la muchos saldrían perjudicados.
Es importante asumir que la actual dirección no entiende las relaciones con sus empleados desde el respeto y la transparencia y hará todo lo posible por convertir cualquier reajuste en un engaño al servicio de sus objetivos, cosa que lamentablemente hemos ido aprendiendo a través de la experiencia durante estos últimos 13 años. Solo entienden que imponiendo lo que consideran beneficioso para ellos siempre saldrán ganando. Todavía no han asumido que el negocio funciona porque hay empleados que hacen funcionar el negocio. Quizá haya llegado el momento de hacérselo entender.
Dicho esto, es importante recordar lo siguiente:
1. Si eres convocado para proponerte una modificación en tu contrato, PONLO INMEDIATAMENTE EN CONOCIMIENTO DE UN DELEGADO SINDICAL PARA QUE TE ASISTA Y ESTÉ PRESENTE. No aceptes un no por respuesta. Estás en tu derecho y es vital que haya presente un testigo.
2. Si no estás de acuerdo con la modificación, responde: “No acepto la modificación y me reservo acciones legales”.
3. Cualquier modificación de contrato tiene un periodo de *impugnación de 20 días hábiles desde la comunicación*.
Para que a todos nos quede claro: Si la Empresa pretendiera imponer modificaciones de contrato a un 10% de la plantilla, sería ilegal presentarlas individualmente y estaría obligada a una negociación colectiva previa.
Si, como se ha dejado caer, no se persiguen modificaciones de contrato sino la aplicación de la DIJ, esta no puede emplearse arbitrariamente y funciona de la siguiente manera:
- Máximo 10% de la jornada en cómputo anual.
- Máximo 9 horas diarias.
- Descanso mínimo semanal 1 día y medio.
Es decir: la Empresa no puede aplicarte una DIJ donde te envíen a casa durante 3 semanas en febrero para hacértelas recuperar en agosto. ESO ES ILEGAL.
También es ilegal obligarte a ejercer funciones que no están directamente relacionadas con tu categoría profesional: Si así te lo plantearan, PONLO INMEDIATAMENTE EN CONOCIMIENTO DE UN DELEGADO SINDICAL PARA TOMAR LAS MEDIDAS OPORTUNAS.
Es importante que todos estemos al tanto de la situación y de nuestros derechos, pero más importante aún es entender que SOLAMENTE ACTUANDO COMO UNO Y SIN MIEDO podremos evitar cualquier atropello que suponga despidos y otras vulneraciones a nuestros derechos.
En los próximos días, según tengamos más información por parte de la compañía y de nuestros servicios jurídicos, indicaremos los pasos a seguir y los posibles calendarios de convocatorias de asambleas de trabajadores con el fin de decidir las acciones necesarias que puedan detener las decisiones unilaterales anunciadas por la empresa.
Seguiremos informando
Contacto: race.ccoo@gmail.com
www.ccoo-servicios.es/raceasistencia/
Publicación en el BOCM del Convenio Colectivo del Sector de Mayoristas de Frutas, Hortalizas y Plátanos de la Comunidad de Madrid
Desde CCOO nos complace informarte que el Convenio Colectivo del Sector de Mayoristas de Frutas, Hortalizas y Plátanos de la Comunidad de Madrid ha sido publicado oficialmente en el BOCM el 29 de noviembre.
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CCOO firma el I Acuerdo sobre medidas efectivas de igualdad e inclusión de las personas LGTBI y Protocolo de actuación frente al acoso y violencia sobre personas LGTBI. El acuerdo, pendiente de publicación en el BOCM, se incorpora al convenio colectivo de comercio textil vigente
Reactivada la mesa negociadora del convenio de restauración colectiva
Ayer, 11 de Diciembre de 2025, retomamos las reuniones de la mesa negociadora del convenio estatal de Restauración Colectiva.
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Real Decreto-ley que regulará el trabajo a distancia
El Real Decreto Ley se basa en la "voluntariedad" para la persona trabajadora y para la empleadora y requerirá la firma del acuerdo de trabajo a distancia, que deberá formalizarse por escrito, registrarse en la oficina de empleo y entregarse a la representación legal de las personas trabajadoras.
Se entenderá como trabajo a distancia regular aquel que se preste, en un periodo de referencia de tres meses, un mínimo del 30% de la jornada o el porcentaje proporcional equivalente en función de la duración del contrato de trabajo.

Propuestas de acción de EFFAT para garantizar el relanzamiento del turismo
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El Comité Mundial de Ética del Turismo[1] de la organización Mundial del turismo (WCTE por su sigla en inglés) emitió una declaración donde pide que los trabajadores y trabajadoras del turismo y alojamiento "tengan garantizado un entorno de trabajo seguro y saludable conforme a las recomendaciones específicas que ha publicado la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para un retorno al trabajo seguro”
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CCOO Servicios es un sindicato, es Comisiones Obreras en los sectores de Comercio, Financiero, administrativo, de las TIC, Hostelería, Contact-center, Oficinas, Turismo... Leer más
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