Ante la multitud de quejas recibidas por el insuficiente número de plazas, desde CCOO-Capgemini hemos elevado la queja al Departamento de Prevención, el cual nos ha confirmado que lo ha trasladado a Quirón Prevención para que se solucione cuanto antes.
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales es clara en este sentido: “El empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo”.
En caso de no encontrar plaza disponible, en las fechas en que quieres realizar el reconocimiento médico, contacta con saludlaboral.es@capgemini.com para que gestionen con Quirón un centro donde poder realizarla.
Por otro lado, el reporte en Replicon de las horas utilizadas para realizar dicho reconocimiento, tampoco queda exento de polémica: tras consultar a la Empresa, esta nos ha confirmado que NO se ha creado un código específico con este fin, sino que dichas ausencias deberán imputarse como “Consulta médica”, poniendo en el apartado comentarios “Reconocimiento médico de empresa”.
Independientemente de donde se impute, lo que debe quedar claro es que el tiempo destinado a los reconocimientos médicos es TIEMPO EFECTIVO DE TRABAJO y, por tanto, NO RECUPERABLE, como también se indica en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Aprovechamos este comunicado para recordar que, desde 2023, gracias a la petición de CCOO-Capgemini, se incluye en el análisis el marcador del antígeno prostático (PSA) para todos los empleados hombres de más de 50 años, independientemente del colectivo de origen, pudiéndose extender a mayores de 45 años si el personal sanitario lo valora necesario.
#SeguimosSumando
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