Archivado en Comunicados, Mujeres e Igualdad, Madrid

2020-06-25INDRA CORPORATE SERVICES

¡Lo hemos conseguido! Nuevas Medidas de Conciliación INDRA CORPORATE SERVICES.


A petición de CCOO la empresa ha aceptado aplicar las principales medidas de conciliación recogidas en el Plan de Igualdad de Indra Soluciones TI, en Indra Corporate Services:

1. Horario de entrada: desde las 7:30 y hasta las 9:30.

2. Horario de comida: Podremos comer con una duración mínima de 30 minutos y máxima de 2 horas.

3. Jornada continua los viernes para todas las personas siempre y cuando realicemos el número total de horas semanal.

4. Teletrabajo

· Para las mujeres: embarazadas que lo soliciten a partir de la vigésimo cuarta semana de embarazo.

· Entre el 40% y el 80% del tiempo, siempre que las tareas que habitualmente realizas se puedan hacer a distancia

5. Permiso sin sueldo: Si tienes más de un año de antigüedad y tu proyecto te lo permite, puedes solicitar un permiso sin sueldo cada año natural de hasta 3 meses. Este permiso se puede fraccionar en dos periodos.

6. Permisos retribuidos:

· Permisos por defunción:

· Para familiares de primer grado: fallecimiento de familiares por consanguinidad se dispondrá de 5 días laborables o 7 días naturales en caso de desplazamiento y, por fallecimiento de familiares por afinidad se dispondrá de 4 días laborables o 6 días naturales en caso de desplazamiento.

Si el hecho causante es durante la jornada laboral, se contará el permiso a partir del día siguiente.

 

· Para familiares de segundo grado: 3 días laborables o 5 días naturales en caso de desplazamiento.

Si el hecho causante es durante la jornada se considerará el permiso a partir de la ausencia

· Acompañamiento a consulta médica en Sanidad Pública o privada para:

· Hijos/as hasta 18 años

· Padres, madres, suegros o suegras mayores de 65 años

· Personas dependientes con diversidad funcional a su cargo independientemente de la edad de las mismas

· Hijas o hijos en régimen de acogida

 

· En caso de enfermedad grave u hospitalización de familiares de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 3 días laborables o 5 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:

· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.

· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.

· En caso de tratamiento ambulatorio por enfermedad grave (quimioterapia, diálisis..) el tiempo de permiso retribuido se podrá disfrutar por horas hasta el agotamiento del mismo.

· En caso de intervención con reposo domiciliario de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 2 días laborables o 4 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:

· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.

· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.

· Ausencia por enfermedad: Cuando el servicio médico de la compañía (en aquellos Centros de Trabajo que lo tuvieren), o la Seguridad Social envíen a alguna trabajadora o trabajador a su domicilio por encontrarse indispuesta o indispuesto para el trabajo, dispondrá de las horas de permiso que falte para completar la jornada laboral de ese día, debiendo aportar el correspondiente justificante.

 

· Permiso por matrimonio de padres/madres, hijos/hijas, nietos/nietas y hermanos/hermanas: 1 día y 2 días más en caso de desplazamiento.

 

· Se dispondrá de 10 días anuales o 20 medias jornadas para realizar exámenes si se está cursando estudios oficiales.

Para los permisos recogidos en este punto, se considera desplazamiento aquellos casos en los que cada viaje sea mayor de 150 km por trayecto

 

7. Maternidad/Paternidad flexible:

 

Si te incorporas de la baja de maternidad por nacimiento o adopción, puedes elegir entre estas 2 posibilidades:

 

· Maternidad/Paternidad Acumulada: Prolongar durante 15 días naturales el permiso de maternidad.

· Maternidad/Paternidad Extendida: Reducir la jornada el 50% cobrando el 100% del salario durante los 30 días naturales siguientes a tu incorporación.

Los padres podrán disfrutar de esta medida en la misma proporción que disfruten de la baja maternal o del permiso de lactancia.

 

8. Permiso por cuidado de lactante: Puedes disfrutarlo de la manera que mejor se adapte a tus necesidades:

 

· Acumulando el permiso en 15 días naturales.

· Reduciendo la jornada el 50% y cobrando el 100% del salario durante 30 días naturales.

· Disfrutando de una reducción de jornada de una hora sin reducción de salario hasta los 9 meses de tu bebé.

Ambos progenitores podrán disfrutar de esta medida

9. La empresa complementará las prestaciones a la Seguridad Social por maternidad o paternidad hasta el 100% del salario desde el primer día de baja.

10. Se reconoce la plena equiparación entre parejas de hecho y de derecho, extendiendo cualquier permiso vinculado a la condición de cónyuge a las parejas de hecho debidamente inscritas.

11. En aquellos casos en los que el trabajador o trabajadora sea tutor o tutora legal de una persona con diversidad funcional reconocida, podrá disfrutar de los permisos como si fuera su hijo o hija natural.

12. En las reducciones de jornada reguladas legalmente, se podrá optar por redistribuir tu jornada reducida de lunes a jueves y no venir los viernes. Debes solicitarlo por un mínimo de 6 meses.

13. La empresa impartirá planes de formación para las personas que se reincorporan a la empresa tras un periodo largo de ausencia (baja por enfermedad, permiso o excedencia).

14. La empresa facilitará plaza de parking, en el caso de que el centro de trabajo cuente con parking propio a:

· Mujeres embarazadas

· Personas con diversidad funcional de al menos el 33% oficialmente reconocida.

15. En caso de nacimiento o adopción de un hijo o una hija se recibirá un cheque regalo de 100 euros. Esta cantidad se verá mejorada en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.

16. En caso de tener una persona con diversidad funcional reconocida de más de un 33% a su cargo se dispondrá de una ayuda económica de 72 euros mensuales. Estas condiciones se verán mejoradas en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.

 

CCOO está a vuestro lado para asegurar que las medidas mencionadas se aplican según lo acordado y aprovechamos para ponernos a vuestra disposición para atender cualquier duda o inquietud relacionadas con la aplicación de estas medidas o cualquier otro asunto

 

Para cualquier consulta o sugerencia nos podéis contactar escribiendo al buzón ccooindra@servicios.ccoo.es

Cuida tu trabajo ¡Afíliate!

Sección Sindical Estatal de CCOO-Servicios grupo Indra


Este artículo se publicó originalmente en Indra (Sección Sindical de CCOO en Indra) ,