DESPIDOS POR PRODUCTIVIDAD

Primera sentancia de los despedidos en Navidad: IMPROCEDENTE


El pasado lunes 8 de abril, se celebró en Cantabria el primero de los juicios de uno de los compañeros despedidos por productividad en Navidad, y tan solo una semana después ya hemos recibido sentencia al respecto; como no podía ser de otro modo la sentencia es contundente, estimando la demanda formulada por nuestro compañero y declarando la IMPROCEDENCIA del despido.

Desde el primer momento no tuvimos ninguna duda sobre la improcedencia de estos despidos que no había por donde cogerlos y no tenían justificación alguna, más allá de atemorizar al resto de la plantilla, y parece ser que la jueza tampoco ha tenido ninguna, al recoger en la sentencia que se ha omitido el procedimiento establecido en el Convenio y que, por ejemplo, a la hora de valorar el rendimiento del compañero no habían sido consideradas las peculiaridades de la prestación de servicios del demandante, quien ocupaba el único puesto de caja de la oficina, donde la labor comercial necesariamente reviste características diversas a las del resto de compañeros;

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a pesar de ello, tuvimos que escuchar al Director Regional que asistió como testigo explicar que se trataba de un Gestor Comercial Operativo (tratando de ocultar que realmente es un puesto de caja) y que tenía multitud de quejas por no actualizar libretas en ventanilla, cuando todos sabemos que nos obligan a derivarlo a los cajeros automáticos.

En el fallo de la sentencia se condena a Liberbank a que, en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la misma, opte, a su elección, entre la readmisión del trabajador en las mismas condiciones en que se encontraba con anterioridad al despido, o bien, al abono de la indemnización que le corresponde.

Llegados a este punto desde CCOO insistimos en nuestra exigencia por la readmisión inmediata y entendemos que la unión de los sindicatos y el respaldo de la plantilla será la única manera de frenar estos atropellos.