CONVENIO COLECTIVO

Convenio Colectivo: Negociaciones, Plus Convenio 2019, cobro de trienios, y cobro en función de resultados


El pasado 14 de marzo, se ha constituido la Comisión Negociadora del Convenio de Ahorro, siendo CCOO el sindicato mayoritario con una representatividad del 37,33% por la parte social, y teniendo por lo tanto la responsabilidad de liderar esta negociación colectiva, en la que trataremos de buscar el mayor consenso sindical para poder alcanzar, en su momento, un Convenio beneficioso para las plantillas del sector.
En esta primera reunión, una vez constituida la Comisión Negociadora, únicamente se han tratado aspectos formales de la negociación y aún no se han hecho propuestas, pero viendo que la próxima reunión está fijada para 30 de mayo hemos solicitado un incremento a cuenta, ya que la patronal no está dispuesta a hablar de contenidos antes de esa fecha y tratará de dilatar el proceso de negociación lo más que pueda, siendo la fecha tope el 30 de junio de 2020.
Desde CCOO, sí que estamos en disposición de realizar propuestas y lamentamos la actitud de CECA ralentizando una negociación que se prevé complicada tanto por la situación del sector como por el comportamiento de algunas relaciones laborales internas.
Hasta ahora, con CCOO como sindicato mayoritario en el sector financiero y firmante de los últimos convenios, hemos conseguido sortear con éxito los aspectos más negativos de la reforma laboral, al mantener en su totalidad la estructura de nuestro Convenio. De ahí la importancia de que valoremos el Convenio como un conjunto de derechos, sin caer en populismos fáciles, como el de algunas organizaciones sindicales, que critican alguna parte obviando el valor que tiene el todo.


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Plus Convenio 

Dada la ultraactividad de los convenios en la nómina del mes de marzo nos corresponde el cobro del Plus Convenio recogido en su artículo 42, con una cuantía lineal de 309,86 euros y una cuantía variable en función del Grupo y Nivel de la persona empleada; como siempre recomendamos a la plantilla revise sus nóminas ya que en esta entidad los ¨errores" son más habituales de lo normal.

  
  

Grupo 1Grupo 2 
 Nivel I 662,16 352,26
 Nivel II 557,49 333,59
 Nivel  III 494,77 314,73
 Nivel IV 467,83 275,74
 Nivel V 452,98 263,93
 Nivel VI 438,08 
 Nivel VII 418,24 
 Nivel VIII 404,22 
 Nivel IX 383,07 
 Nivel X 365,12 
 Nivel XI 325,61 
 Nivel XII 278,35 
 Nivel XIII 228,01 
         


                                                                                
Trienios:

En primer lugar, los trienios se generan a partir del nivel VIII para el personal del Grupo I y a partir del nivel II en el Grupo 2, mientras que los niveles inferiores a estos van ascendiendo de nivel por el paso de los años.

Debemos recordar que en la nómina de julio de 2016 se nos incorporó a todos la cuantía de trienio devengada hasta el 30 de junio de 2016 desde el último trienio generado, poniendo en ese momento el contador de tiempo a cero, para todo el personal adscrito a los niveles anteriormente mencionados; durante el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2016 y el 31 de diciembre de 2017 el devengo de trienios quedó suspendido para todas las entidades incluidas dentro de su ámbito, creándose en este periodo una Comisión de estudio y análisis del convenio que tenía entre sus funciones el estudio de la posible transformación de los trienios por antigüedad en otra retribución ligada a la evolución económica de la empresa y a la productividad. En el propio convenio quedó recogido que en el caso de no alcanzarse acuerdo sobre la transformación de los trienios, como así fue, se reanudarían el 1 de enero de 2018, descontándose los dieciocho meses de suspensión, por lo que se devengará la mitad de un trienio el 30 de junio de 2019.

Resultados:

También tendremos que estar atentos, y no obstante se lo recordaremos a la empresa, que en el convenio se acordaron una serie de cobros dentro de los seis primeros meses del año 2019 en función de los resultados de la entidad, pago de dividendos y rentabilidad. A falta de la aprobación de las cuentas anuales, nos corresponderá una cantidad equivalente al 0,25% sobre los conceptos que se establecen en el art.39.1 del Convenio Colectivo (salario base y complementos del salario base) y referidos a sus cuantías a 31 de diciembre de 2017.