Plus Convenio
Dada la ultraactividad de los convenios en la nómina del mes de marzo nos corresponde el cobro del Plus Convenio recogido en su artículo 42, con una cuantía lineal de 309,86 euros y una cuantía variable en función del Grupo y Nivel de la persona empleada; como siempre recomendamos a la plantilla revise sus nóminas ya que en esta entidad los ¨errores" son más habituales de lo normal.
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Trienios:
En primer lugar, los trienios se generan a partir del nivel VIII para el personal del Grupo I y a partir del nivel II en el Grupo 2, mientras que los niveles inferiores a estos van ascendiendo de nivel por el paso de los años.
Debemos recordar que en la nómina de julio de 2016 se nos incorporó a todos la cuantía de trienio devengada hasta el 30 de junio de 2016 desde el último trienio generado, poniendo en ese momento el contador de tiempo a cero, para todo el personal adscrito a los niveles anteriormente mencionados; durante el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2016 y el 31 de diciembre de 2017 el devengo de trienios quedó suspendido para todas las entidades incluidas dentro de su ámbito, creándose en este periodo una Comisión de estudio y análisis del convenio que tenía entre sus funciones el estudio de la posible transformación de los trienios por antigüedad en otra retribución ligada a la evolución económica de la empresa y a la productividad. En el propio convenio quedó recogido que en el caso de no alcanzarse acuerdo sobre la transformación de los trienios, como así fue, se reanudarían el 1 de enero de 2018, descontándose los dieciocho meses de suspensión, por lo que se devengará la mitad de un trienio el 30 de junio de 2019.
Resultados:
También tendremos que estar atentos, y no obstante se lo recordaremos a la empresa, que en el convenio se acordaron una serie de cobros dentro de los seis primeros meses del año 2019 en función de los resultados de la entidad, pago de dividendos y rentabilidad. A falta de la aprobación de las cuentas anuales, nos corresponderá una cantidad equivalente al 0,25% sobre los conceptos que se establecen en el art.39.1 del Convenio Colectivo (salario base y complementos del salario base) y referidos a sus cuantías a 31 de diciembre de 2017.