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EL TANDEM TEO ORTÍZ (CGT)/CARLOS ORIHUEL "ATACA" DE NUEVO

Nuevo episodio de un matrimonio imposible: La C.G.T. va de la mano de un ex-dirigente de Citibank despedido por presunta apropiación indebida de fondos.


Este artículo se publicó originalmente en Citibank (CCOO Citibank) ,


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EL TANDEM TEO ORTÍZ (CGT)/CARLOS ORIHUEL “ATACA” DE NUEVO

En nuestro comunicado de 16 de noviembre de 2004 titulado “La Justicia comienza a hablar” afirmábamos que la cooperación de estos dos personajes no había concluido. Los hechos nos van dando la razón.

Aquel comunicado informaba de la sentencia que el Juzgado de lo Social había dictado acerca del despido de Carlos Orihuel donde el Magistrado afirma: “no consta acreditado que el fin último del dinero fuera a parar a grupos sindicales...el demandante montó un hábil procedimiento defraudatorio para su lucro personal mediante una c/c puente, traspasando fondos de las demandadas a través de supuestos servicios facturados que, posteriormente, diluía a c/ctes. bien personales o de familiares.”

COMFIA-CCOO se ha personado ejerciendo la acción popular en la querella criminal que se sigue por apropiación indebida contra Carlos Orihuel quien ha intentado por todos los medios evitar nuestra presencia sin conseguirlo.

Carlos Orihuel ha solicitado la comparecencia de Teo Ortíz para que declarara en su favor en esa querella. El Juzgado ha rechazado esta solicitud al no entenderse el motivo de la presencia de este personaje en el procedimiento.

La querella preparada por Teo Ortíz (CGT) contra el Banco y los Sindicatos ha sido firmada por la Confederación Regional de Madrid-Castilla La Mancha porque su Federación de Banca no ha querido apoyar tal despropósito.

Es en ese escrito en el que, a juicio de CGT, se fijan unos supuestos delitos de estafa, falsedad en documento privado y delito social. Es el querellante, CGT, quién solicita la imputación de varias personas por haber firmado:

Ø el Acuerdo de 1999 de traslado al Centro de Barcelona, refrendado en votación por los trabajadores afectados, cuya existencia actual niega la querella para poder soportar las acusaciones,
Ø el de mayo de 2000 de prejubilaciones, bajas incentivadas y compromiso de exteriorización y, finalmente
Ø el de 11 de noviembre de 2002 de externalización de los derechos por pensiones de los trabajadores del Grupo.

En aplicación del criterio de imputación utilizado por CGT, todas las personas de CCOO, UGT, FITC y CIG que firmaron dichos acuerdos podrían ser imputadas.

La querella valora positivamente los acuerdos: “...por la empresa se garantizaba, para los trabajadores de CITIBANK ESPAÑA S.A., los siguientes derechos y beneficios...”

La querella denuncia a continuación inexistentes incumplimientos, como, por ejemplo, “...en la actualidad cabe indicar que el citado Centro Administrativo Paneuropeo no existe...”. Para el autor de la querella el Citioperaciones de Barcelona con más de 700 trabajadores en estos momentos, no existe. El centro B.S.C., aún sin existir, da cobertura a España, Portugal, Italia, Francia, Bélgica, Suiza, Holanda, Alemania, Reino Unido y Grecia.
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La querella no solicita en ningún momento la anulación de los acuerdos, lo que hace es denunciar a algunos de los firmantes por no haber recurrido los acuerdos supuestamente incumplidos y solicita para ellos penas de cárcel que podrían superar los cinco años.

A pesar de que CGT afirma en su último comunicado de 3 de junio que “...nuestro objetivo no es otro que el de conseguir recuperar aquellos derechos...y el retorno de los compañeros traspasados a Citifin” el acuerdo relativo a este traslado no se incluye en la querella. El motivo no es otro que ese acuerdo fue firmado por Carlos Orihuel y, de incluirse en la querella, CGT, es decir Teo Ortiz, debería haber solicitado la imputación de su “compañero de fatigas penales” Carlos Orihuel por esos mismos delitos.

El Juzgado de Instrucción ha resuelto realizar diligencias tendentes a determinar la veracidad o no de los hechos contenidos en la querella. A estos efectos llevará a cabo los trámites oportunos tras los que podrá resolver rechazar las imputaciones de la querella o, en su caso, abrir el juicio penal. Es decir, que a la fecha de hoy, no existe ninguna resolución judicial sobre el fondo del asunto planteado por el querellante.

La querella no es otra cosa que un episodio más (y no será el último) de la “acción concertada” del tandem Ortiz/Orihuel.

Nos gustaría, para terminar, dejar planteadas algunas preguntas:

¿Cuáles son los motivos por los que CGT no se persona como acusación en la querella por apropiación indebida que se sigue contra Carlos Orihuel donde se investiga el destino de los fondos que, según el acusado y según la propia CGT han ido a manos del resto de los Sindicatos?

¿Cuál es el motivo por el que el acuerdo de CITIFIN no ha sido incluido en la querella si en él concurren, a juicio de CGT, exactamente los mismos elementos que en los demás acuerdos?

¿Cuál es el motivo por el que CGT ha esperado todos estos años, seis desde el primer acuerdo, para presentar una querella?

¿Cuál es el motivo por el que ninguno de los acuerdos suscritos ha sido denunciado en la jurisdicción laboral cuando CGT tenía la capacidad legal de hacerlo desde el momento mismo de la firma de los mismos y sin que esta denuncia resultara incompatible con la presentación de cualesquiera otras acciones judiciales (p.e. la querella criminal)?

Comenzábamos este comunicado recordando el firmado por nosotros el 16 de noviembre del año pasado y queremos terminar con otro párrafo de ese mismo escrito: “Exigimos que sea la Justicia quién hable y la Justicia habla a través de sentencias, no a través de injuriosos panfletos y lo hará basándose en pruebas, no en calumnias y con las garantías procesales que proporciona el Estado de Derecho”.
Junio de 2005









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