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Asimismo se unifican las condiciones de todos los trabajadores posteriores al 8.03.1980

Plan de Pensiones de Empleados de Banco Urquijo-

15 04 08 Tras meses de negociación y para concluir con la integración del Plan de Pensiones de Empleados de Banco Urquijo (PPBU) en el Plan de Pensiones de Empleados de Banco Sabadell(PPEBS). (PDF:Gal)

Acuerdo anulado. Nuevo Acuerdo vigente 15-06-11


Este artículo se publicó originalmente en Banco Sabadell (CCOO Grupo Banco Sabadell) ,


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Plan de Pensiones de Empleados de Banco Urquijo

Tras meses de negociación y para concluir con la integración del Plan de Pensiones de Empleados de Banco Urquijo (PPBU) en el Plan de Pensiones de Empleados de Banco Sabadell (PPEBS), el pasado 27 de marzo firmamos el nuevo Reglamento y las normas de funcionamiento del Multifondo 2000 FP y del GM Pensiones FP, con lo que desde el 1 de abril sólo existe un plan, el PPEBS, como exige la legislación vigente, con patrimonio en dos fondos.

El acuerdo parte del principio de mantener los mismos derechos de los diferentes colectivos y los sistemas de jubilación de los trabajadores de banca anteriores al 8 de marzo de 1980 que siguen siendo de prestación definida para los empleados procedentes de Banco Sabadell y de aportación definida para los procedentes de Banco Urquijo, asimismo se unifican las condiciones de todos los trabajadores posteriores al 8 de marzo de 1980.

Las propuestas realizadas por CCOO quedan recogidas en el nuevo acuerdo, que valoramos positivamente, y los elementos más importantes son los siguientes:

- El plan se instrumenta mediante dos fondos de pensiones que permitirán una mejor gestión:

- Multifondo 2000: hasta la fecha canalizaba todo el patrimonio del PPEBS, ahora sólo tendrá los derechos consolidados para hacer frente a las prestaciones definidas por el convenio para la jubilación de los empleados con antigüedad en banca anterior a marzo de 1980 (Colectivos A) e instrumentar la póliza de riesgos para cubrir las contingencias de incapacidad permanente y fallecimiento de todos los trabajadores.

- GM Pensiones: era el fondo que mantenía el patrimonio del PPBU, tendrá los derechos consolidados provenientes de las aportaciones definidas pactadas para el Colectivo B (todos los empleados) y además las del Colectivo C (empleados procedentes del BU con antigüedad en banca anterior al 8 de marzo de 1980).

- Se detallan las empresas (Banco Sabadell y filiales al 100% con condiciones de Convenio de Banca) que forman parte como "Promotor" de este Plan de Pensiones y en consecuencia que trabajadores tienen derecho a estar adheridos al Plan.

- La política de inversiones contará siempre con, al menos, la aprobación de:
- La mitad de los representantes del promotor en el caso de Multifondo 2000 por encauzar la prestación definida.
- La mitad de los representantes de los partícipes y beneficiarios en el caso de GM Pensiones por tener las aportaciones definidas.

- Posibilidad de asignar porcentaje de derechos consolidados a distintos beneficiarios, en caso de fallecimiento de un partícipe que tenga aportación definida.

- Poder contar en las reuniones de la Comisión de Control con asesores externos para buscar siempre el óptimo desarrollo del plan y/o de los fondos.

Quedan por realizar las bases técnicas, que plasmarán en fórmulas el Reglamento del Plan y que desarrollará un actuario. La aprobación de las bases permitirá agrupar los derechos consolidados por sus características en los dos fondos antes citados.

También se han de desarrollar las políticas de inversión con el objetivo de mejorar la gestión de los dos fondos, así como realizar un contrato con la gestora en el que se establezca una comisión de éxito, en función de unos parámetros que permitan valorar la gestión realizada.

Quedamos a vuestra disposición para aclarar cualquier duda al respecto.

Abril de 2008

 


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