El Tribunal Supremo vuelve a dar la razón a CCOO tras una espera de tres años


Bankia tiene que volver a pagar las consecuencias de la nefasta política laboral que imperaba en BMN y su cabezonería por no aplicar al colectivo origen BMN las condiciones que ya disfrutaban el resto de la plantilla de Bankia.


El Tribunal Supremo reconoce el derecho de la plantilla de BMN, entre los niveles de Convenio I al VIII, a que se le abone la parte proporcional del trienio devengado hasta el 01/06/2013 y la obligación de abonar igualmente los atrasos y derechos generados desde el 01/06/2016.

Pero el camino no ha sido fácil. Desde que la dirección de BMN el 02/07/2016, en Mesa Laboral, rechazara el pago que en el Convenio Colectivo se acordaba, CCOO inicia el camino en solitario para garantizar los derechos de las trabajadoras y trabajadores en BMN.

- El 11/10/2016 se celebra, a requerimiento de CCOO, el acto de conciliación en sede del SIMA que, por incomparecencia de la Dirección de BMN, queda sin acuerdo.

- El 04/04/2017 CCOO, ante la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo, reclama este derecho que es rechazado por la parte empresarial, incluida BMN firmante del Convenio.

- El 13/07/2017 la Audiencia Nacional falla a favor de CCOO, reconociendo el derecho de abono a la plantilla y de la deuda contraída por los atrasos generados. Esta sentencia es recurrida ante el Tribunal Supremo.

- El 10/07/2019, dos años después y tras tres años de espera, el Tribunal Supremo ratifica la sentencia de la AN en todos sus términos.

Ahora, la Dirección de Bankia tendrá que ajustar las nóminas de la plantilla con reconocimiento de trienios de BMN para dar cumplimiento a la sentencia.

Esta nueva sentencia reconoce una vez más el compromiso de CCOO en la defensa de los derechos laborales durante un periodo de fuertes tensiones laborales y judiciales con BMN.

Los atrasos y las liquidaciones correspondientes a este nuevo concepto se abonarán previsiblemente en la nómina del mes de septiembre.

A estos atrasos tienen derecho tanto la plantilla en activo como las personas que hayan trabajado con posterioridad al 1 de julio del 2016 y que no estén actualmente en la Entidad.

Bankia tiene que volver a pagar las consecuencias de la nefasta política laboral que imperaba en BMN y su cabezonería por no aplicar al colectivo origen BMN las condiciones que ya disfrutaban el resto de la plantilla de Bankia.