Archivado en Convenio Empresa, Negociacion Colectiva

CONTACT CENTER

Acordamos con DIGITEX aplicar la mayor parte de las reivindicaciones que la patronal niega al resto de empresas

Como sabéis, el Convenio Colectivo que afecta a todas las empresas del sector de Contact Center sigue bloqueado a pesar de las huelgas parciales y generales del sector que se han estado convocando y secundando con bastante éxito durante la segunda parte del año 2016. En DIGITEX, concretamente, recordareis que las huelgas y paros han tenido un seguimiento especialmente destacado en la mayoría de territorios.


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Desde CCOO y UGT  agradecemos el esfuerzo que habéis hecho el conjunto de las plantillas de DIGITEX y que ha dado resultado. OS COMUNICAMOS QUE:

Hemos acordado y firmado con DIGITEX la aplicación inmediata de gran parte de las reivindicaciones que la Patronal sigue negando al resto de empresas del sector en aras de buscar mejorar condiciones salariales y sociales en las plantillas y mejorar el clima laboral para que contribuya, junto a otras cuestiones en las que hay que seguir trabajando, a alcanzar una situación de paz social.

- SUBIDA SALARIAL 2017.- A expensas de que en el convenio se decida la subida del 2017, Digitex subirá desde el 01 de enero el salario de sus plantillas un 1%. Una vez firmado el convenio nos abonarían lo que se haya pactado del 2016 y si la subida del 2017 es superior al 1% nos abonarían la diferencia con retroactividad desde el 01 de enero de este año.

ABONO DE INCENTIVOS EN VACACIONES.- Hasta ahora cobrábamos la media de los pluses trabajados durante los meses trabajados en la primera nómina del año siguiente, aunque había una sentencia que instaba a que también se incluyeran en esa media los incentivos, esta sentencia está recurrida por lo que las empresas del sector, en esa paga, como hasta ahora, irán los pluses pero no los incentivos. En DIGITEX SÍ SE ABONARÁN la media de pluses y de incentivos del 2016 en la primera nómina del 2017 (retribución vacaciones). En los próximos días la justicia dirá si existe el derecho a reclamar las cantidades de años anteriores.

HORAS MÉDICAS TAMBIÉN PARA ACOMPAÑAMIENTO.- Se mantendrían las 35 horas médicas (sin proporcionarlas según la jornada) y hasta 15 de ellas se podrán usar para acompañar a menores de 14 años, mayores de 65 o dependientes a cargo del/la empleado/a.

NO SE TRABAJARÁN MÁS DE 8 DÍAS CONSECUTIVOS NI PODRÁN COINCIDIR FESTIVOS NACIONALES CON DÍAS DE LIBRANZA POR DESCANSO SEMANAL.

CONVERSIÓN DE LOS CONTRATOS DE FIN DE OBRA ANTERIORES AL 18 DE JUNIO DE 2010 A INDEFINIDOS en tres años, un 33% cada año, empezando el 31 enero de cada año por orden de antigüedad.


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