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Cuarto comunicado Comité Intercentros (09 y 10 de febrero) ERE Cashdiplo

Hoy se ha cerrado el procedimiento del despido colectivo de Supersol y CashDiplo con acuerdo de los sindicatos UGT, UNTS, CSATT Y CCOO en los siguientes términos:

Se establece una cantidad indemnizatoria de 35 días por año trabajado hasta un máximo de 24 mensualidades para  CASHDIPLO


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Acuerdos del procedimiento de despido colectivo de CASHDIPLO

Como resultado de las negociaciones realizadas en el período de consultas, se acuerda que el número máximo de trabajadores a afectar en el procedimiento de despido colectivo se reduce de 36 a 31 puestos de trabajo.

Se permite la intercambiabilidad en los siguientes criterios:

  1. Que el puesto de trabajo del voluntario esté ubicado en las mismas islas que los centros de El Cebadal y Playa Honda
  2. Que haya algún trabajador afectado de El Cebadal y Playa Honda que prefiera continuar con su prestación de servicios en el puesto del voluntario.
  3. Que la capacitación del trabajador afectado sea similar a la del trabajador que ha solicitado su inclusión voluntaria, y
  4. Que el coste salarial del puesto ocupado por el afectado (de El Cebadal o Playa Honda) no incremente el coste del puesto que se le asigne en otra tienda.

Los trabajadores que sean objeto de intercambiabilidad lo harán en las condiciones de puesto y jornada del puesto del voluntario. Si las condiciones salariales son inferiores a las del puesto del voluntario, el trabajador será compensado con una indemnización bruta que se calculará conforme a la diferencia salarial entre el bruto fijo anual que viniera percibiendo el trabajador y el nuevo bruto fijo del puesto al que acceda. A la diferencia se le aplicará la indemnización que se aplicará a los trabajadores afectados por el despido colectivo.

Estos son los criterios para cubrir las vacantes:

1) Los trabajadores que quieran ser salir voluntariamente de la Empresa deberán comunicar su voluntad a la empresa antes del 13 de febrero

2) La Empresa valorará y comunicará al afectado que acepta su solicitud. El trabajador/a deberá indicar su voluntad expresa de aceptar el intercambio.

3) En caso de que se acepte la empresa comunicará el resultado el día 15 de febrero de 2021 a ambos trabajadores/as afectados/as.

Se establece la aplicación del Convenio Especial con la Seguridad Social para quienes tengan 55 años de edad a fecha del despido según establece la legislación vigente.

Se amplía la cobertura del Plan de recolocación externa hasta 9 meses para los menores de 45 años y 15 meses para las personas de más de 45 años que estaba establecido inicialmente en 6 meses.

La parte social firmante del acuerdo manifiesta que a pesar de lo traumático que resultan los procedimientos de despido colectivo, se ha conseguido reubicar a parte de la plantilla que ha solicitado mantener el puesto de trabajo, por otro lado, la compensación indemnizatoria ha sido la más alta en la historia de nuestra compañía dadas las circunstancias.

ERE Cashdiplo

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