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EL MINISTERIO DE TRABAJO SUSPENDE CON UN “CERO” AL SERVICIO DE PREVENCIÓN MANCOMUNADO DE LAS CAJAS DE AHORROS(SPMCA)

Salud Laboral

Las conclusiones del informe que nos ha remitido el Ministerio de Trabajo, tras efectuar un seguimiento de las actuaciones de dicho Servicio de Prevención, suponen que las cajas van a tener que replantearse de manera inmediata como trabajar la Prevención de Riesgos Laborales, contemplando algunos riesgos muy importantes que hasta ahora negaban, y dotándose de la organización necesaria para hacerlo. La Inspección de Trabajo, a instancias de CCOO, así lo entiende.


Este artículo se publicó originalmente en ibercajabanco (CCOO en iberCaja Banco) ,


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Desde el primer momento, cuando 34 cajas de ahorro constituyeron el Servicio de Prevención Mancomunado de Cajas de Ahorros (SPMCA), CCOO vimos claro que lo hacían para ahorrarse costes y diluir el control y la participación sindical, motivo por el cual no contaron con el acuerdo sindical.  Durante este tiempo, y ante la falta de objetividad y rigor en las actuaciones del SPMCA, no hemos dejado de trabajar ante distintas instancias, trabajo que ahora da su fruto en las conclusiones del informe del Ministerio y el anuncio de nuevas actuaciones por parte de la Inspección de Trabajo ante las cajas.

El informe, que avala las posiciones defendidas por CCOO desde hace años, afecta tanto a las Cajas adheridas al SPMCA como a las que no lo están puesto que en el mismo se reconocen las siguientes cuestiones:

1.- La organización preventiva se considera “manifiestamente insuficiente”, tanto por el número de técnicos (8 para 90.000 empleados y 17.000 oficinas) como por su coordinación.

2.- En la Evaluación de Riesgos sólo se realizó una comprobación de aspectos como escaleras y rampas, puertas, instalaciones eléctricas, etcétera, pero no se llevó a cabo una evaluación de los puestos de trabajo ya que se consideró la inexistencia de riesgos laborales en los mismos.

La consecuencia es que en las cajas no se ha realizado la Evaluación de Riesgos derivados del trabajo intensivo con ordenadores (PVD), atracos, psicosociales, maternidad, embarazo o trabajadores especialmente sensibles, entre otros.

3.- Los estudios realizados por las cajas sobre la condición de usuarios de pantallas de visualización de sus trabajadores son insuficientes e interpreta que para reconocer la condición de usuario es suficiente que se superen dos horas de trabajo efectivo diario.

Por todo ello, El Ministerio de Trabajo considera necesario continuar con las actuaciones de la Inspección de manera individualizada en cada caja, comprobando tanto que se realicen correctamente las evaluaciones de riesgos, como el reconocimiento de la condición de trabajadores usuarios de pantallas de visualización de datos que comporta, entre otras: la aplicación del Protocolo Sanitario de Vigilancia Especifica en el diseño del puesto de trabajo y de la accesibilidad de los programas,  el derecho a reconocimiento médico cada vez que se produzcan trastornos que pudieran derivarse del trabajo con ordenador, el establecimiento de las pausas necesarias cuando la alternancia de tareas no sea posible o no baste para disminuir el riesgo suficientemente y el conocimiento de cuantos dispositivos de control de productividad tenga instalados el programa.

Finalmente, el Ministerio de Trabajo anuncia que continuará con las inspecciones en cada una de las Cajas adheridas al SPMCA, a las que estaremos atentos recabando información de cuantas visitas, requerimientos y actas de infracción pudieran llevar a cabo las distintas Inspecciones Provinciales.

 

Controlar el cumplimiento de estos requerimientos exigirá que CCOO continuemos trabajando, como siempre, por nuestro compromiso con la salud de las plantillas.

 

                                                                                                                               13 de noviembre de 2007

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