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Negociación Acuerdo Marco Tragsega: intento de alcanzar un acuerdo

El objetivo era acercar posturas en los temas referentes a jornada, vacaciones y permisos y licencias para intentar alcanzar un acuerdo antes del día 15 de mayo.


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El día 22 de abril se reunió la Mesa Negociadora del Acuerdo Marco con el objetivo de acercar posturas en los temas referentes a jornada, vacaciones y permisos y licencias para intentar alcanzar un acuerdo antes del día 15 de mayo.

1.Jornada:

Para el año 2008 la empresa propone una jornada de 1748 horas. Desde CC.OO. hemos propuesto una disminución progresiva hasta unificarnos con el resto de empresas del grupo en el año 2010 (para el próximo año 1740).
La distribución será de lunes a viernes con descanso semanal de dos días consecutivos que coincidirán con el fin de semana, excepto en aquellos proyectos cuya actividad ordinaria se desarrolle todos los días del año. Para estos casos hemos propuesto que haya una compensación cuando se trabaje en sábados, domingos o festivos, sin menoscabo del traslado de la libranza semanal a otros días de la semana.

Para el personal que desarrolla su trabajo en el campo, se computará como tiempo efectivo de trabajo el tiempo estimado que el trabajador emplearía en el desplazamiento desde su centro de trabajo hasta el lugar donde desarrolla su actividad y el tiempo dedicado a labores de tipo administrativo.

  • Turno de Navidad de 4 días.
  • Días de libre disposición. Nuestra propuesta es de 2 días en 2008 y 3 en 2009, para homologar los que ya se disfrutan en las demás empresas del grupo.
  • 15 de mayo será considerado como festividad de la Empresa.
  • Disfrute de los puentes, considerando estos días recuperables. En CC. OO. creemos que todos los trabajadores del mismo centro de trabajo deben disfrutar de los mismos puentes, para ello es necesario comenzar el año con el calendario laboral aprobado.

2.Vacaciones:

22 días laborables por año completo trabajado, que se disfrutarán, como norma general, del 15de junio al 15 de septiembre, fraccionadas en un máximo de 6 periodos al año y 11 días laborables fuera de este periodo.

Cuando el periodo de vacaciones fijado coincida con una incapacidad temporal por embarazo, suspensión del contrato por maternidad o paternidad o acumulación del periodo de lactancia, se podrá disfrutar en otro momento aunque haya terminado el año natural en el que se hayan devengado.

Cuando sobrevenga una incapacidad temporal coincidiendo con el periodo vacacional, éste será interrumpido.

3.Permisos y Licencias:

a.Permisos retribuidos:
  • Permiso por lactancia: una hora diaria que podrá acumularse para su disfrute después de la suspensión por parto, siendo el máximo de dos semanas. Se va a negociar un Acuerdo para la Igualdad dentro del grupo que esperemos que mejore este punto.
  • Familiares dependientes: estamos a la espera de una nueva redacción que incluya la nueva Ley de Dependencia.
  • Asistencia a exámenes para la obtención de un título académico o profesional: el tiempo indispensable hasta un máximo de 10 al año.
  • Fallecimiento de familiares :
  1. Hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad: 3 días laborables ampliables a 6 si hay desplazamiento superior a 200 Km. por trayecto.
  2. De tercer grado de consanguinidad o afinidad: 1día ampliable a 2 si hay desplazamiento.

  • Enfermedad familiar:
  1. Enfermedad grave u hospitalización de familiares hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad: 3 días naturales ampliables a 6 si hay desplazamiento.
  2. Intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo de familiares hasta 2º grado: 3 días naturales ampliables a 6 si hay desplazamiento.
  • Nacimiento, adopción o acogimiento de un hijo: 3 días naturales ampliables a 6 si hay desplazamiento.
  • Matrimonio o pareja de hecho: 19 días naturales en 2008 y 20 en 2009.
  • Matrimonio de un familiar hasta 2º grado: 1 día ampliable a 2 si hay desplazamiento.
  • Traslado de domicilio: 2 días laborables.
  • Examen de carné de conducir para el personal que conduzca al servicio de la empresa: CC OO pide el día.


b.Permisos no retribuidos:

El trabajador que cuente con una vinculación con la Empresa de un año tendrá derecho a un permiso máximo de dos meses en dos años, que se podrá fraccionar en dos periodos.

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