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Obligación de aplicar los planes de igualdad a personas contratadas por ETT.


CCOO ha conseguido que el Tribunal Supremo reconozca la obligación de las empresas de aplicar sus planes de igualdad de género a las personas contratadas a través de Empresas de Trabajo Temporal

La demanda planteada por CCOO fue precedida por actuaciones de Inspección de Trabajo ante las denuncias planteadas por este sindicato. Sin embargo, pese a las resoluciones administrativas la empresa demandada persistió en no reconocer el derecho a igualdad de trato de las personas trabajadoras de las ETTs.


La sentencia pone de manifiesto la necesidad de incluir al personal de ETT en el análisis de las desigualdades de género presentes en una empresa. Las políticas organizativas y de gestión de recursos pueden, en muchos casos, ser el, origen de brechas como la salarial, de conciliación o de carrera profesional y en este sentido, las mujeres contratadas a través de ETT son especialmente vulnerables.

La importancia de la sentencia radica en que por fin se reconoce que los trabajadores y, sobre todo, las trabajadoras de ETTs puedan estar cubiertas por los mismos acuerdos en Materia de igualdad que las plantillas de las empresas en las que prestan servicios. Esto ya pasaba con los convenios pero no con los planes de igualdad y otros acuerdos

El proceso para demandar lo inicio CCOO y el resto de representaciones se sumaron a la demanda. Valoramos muy positivamente esta sentencia, cuyo dictamen será tenido en cuenta en las negociaciones en curso y futuras de los planes de igualdad en las empresas.