Resumen normativa vacaciones


Cuadro resumen de la normativa sobre vacaciones en vigor en Unicaja

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POR CONVENIO COLECTIVO

Vacaciones

 


25 días laborables anuales, sin contar sábados, domingos, ni festivos.

Periodo


 

Del 1 de enero al 31 de diciembre.

Cuadro

 

Se confeccionará un cuadro en cada Oficina, cuidando de que los servicios queden debidamente cubiertos y procurando atender los deseos del personal afecto a las mismas

Para evitar problemas posteriores, es importante que a la hora de confeccionar el cuadro de vacaciones se tenga en cuenta a aquellos compañeros/as que, estando de baja por I.T. o disfrutando de una excedencia, tengan previsto reincorporarse al trabajo ese año. Para ello, la oficina deberá contactar con los mismos.

La empresa tiene la obligación de publicar en cada centro de trabajo (unidad o departamento en el caso de los SS.CC.) el cuadro de vacaciones aprobado, garantizando que los empleados lo conozcan, como mínimo con dos meses de antelación a la fecha de disfrute de las vacaciones.

Cumplido el preaviso de dos meses el acuerdo sobre el calendario de vacaciones será ejecutivo


Partición

 

El banco y el empleado/a de mutuo acuerdo podrán convenir la división del periodo vacacional en dos tramos.

Prioridad

 

La prioridad en la elección de turno viene dada por la antigüedad en la empresa dentro de cada nivel con independencia de que los empleados solicitantes tengan o no responsabilidades familiares.

Los empleados/as con hijos o hijas en edad escolar tienen preferencia a que las suyas coincidan con los periodos de vacaciones escolares (este periodo comprende verano, semana santa, navidad, semana blanca, etc. y se entiende como edad escolar hasta los 16 años). Ello no implica la elección de un turno determinado sino únicamente que sus vacaciones se disfruten dentro de los límites del periodo de vacaciones escolares.

 

 

 

Libre disposición

 

Además de las vacaciones, por convenio tenemos 1 día de libre disposición con el único requisito del previo aviso.


 

 

POR ACUERDO DE EMPRESA

Acuerdo Laboral de Integración

 

En el Acuerdo Laboral de Integración de Unicaja y EspañaDuero se generalizaron a la totalidad de la plantilla hasta dos días adicionales de libranza como premio a la fidelidad: 

A partir de 25 años de antigüedad: 1 día adicional

A partir de 35 años de antigüedad: 1 día adicional

 

 

TE INTERESA SABER

Incapacidad

 

Si el periodo de vacaciones coincide con una incapacidad laboral derivada del embarazo, el parto, la lactancia natural o la suspensión por paternidad se tendrá derecho a disfrutar de las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal, aunque haya terminado el año natural a que correspondan. En estos casos las vacaciones hay que disfrutarlas a continuación de la baja.

 

 

 

Bajas

 

Tampoco se pierden las vacaciones por coincidencia con una baja, del tipo que sea, incluso si se inicia la baja durante el periodo vacacional, e incluso si la baja se prolonga al año siguiente.

En estos casos tras la reincorporación hay que comunicar a la oficina o el departamento y RRHH territorial que quieres disfrutar las vacaciones que han coincidido con la baja y acordar en qué momento se hará.

 

 

 

 

 

RECUERDA

 

 

 

MIFID II

 

Las trabajadoras y trabajadores de procedencia Unicaja que hayan realizado el examen de MiFID II cuentan con un día adicional de vacaciones por cada día de examen a disfrutar en los 6 meses siguientes a la fecha de realización. Quienes hayan superado el examen en primera convocatoria podrán disfrutar igualmente de un día más de vacaciones en los 6 meses siguientes a la fecha del examen.

Los trabajadores y trabajadoras de procedencia EspañaDuero que hayan realizado el examen MiFID en 2018 disponen de 4 días a disfrutar en los 12 meses siguientes al inicio de la formación.

 

Los delegados y delegadas de CCOO estamos a tu lado para ayudarte. 
Llámanos si tienes dudas.