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Objeciones de CCOO al Estatuto del Trabajador autónomo

CCOO denuncia que los derechos establecidos para los trabajadores autónomos dependientes, además de insuficientes, quedan en manos del cliente, que puede evitar su reconocimiento durante casi tres años.


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1.CCOO señala su preocupación por la regulación del trabajador autónomo económicamente dependiente (TRADE), una nueva figura fronteriza entre el trabajo asalariado y el autónomo, con menos derechos que aquel frente al dador de trabajo, que puede utilizarse para presionar a la baja sobre las condiciones laborales en el mercado de trabajo. La regulación finalmente aprobada no conjura el posible trasvase no voluntario desde el trabajo asalariado, riesgo que también señaló el Dictamen del Consejo Económico y Social.


2.Valora positivamente que finalmente se hayan mantenido algunas de las reivindicaciones que CCOO ha sostenido para los TRADE, entre ellas el garantizar que sus conflictos laborales vayan a la jurisdicción social; el derecho a negociar acuerdos colectivos de interés profesional; la obligación de contrato escrito.


3.Manifiesta su desacuerdo con la insuficiente protección y garantías para los TRADE respecto al derecho de vacaciones –18 días no retribuidos es un agravio comparativo con el resto de trabajadores-, a la ampliación del tiempo de trabajo –hasta un 30% del tiempo ordinario de actividad-, a que la falta de forma escrita del contrato no presuponga la existencia de una relación laboral por cuenta ajena.


Y considera que es insuficiente la capacidad reconocida a las organizaciones sindicales más representativas para negociar los acuerdos de interés profesional, y muy deficiente la forma de medir la representatividad de las asociaciones de autónomos.


4.Denuncia que los TRADE que hoy ya lo son, pueden no ver reconocidos los derechos incluidos en el Estatuto hasta los 21 meses desde su publicación en el BOE, y en el caso de los TRADE del transporte, hasta los 33 meses, es decir, pasada esta legislatura. Es la resultante del juego de plazos establecidos en las Disposiciones Transitorias Segunda y Tercera para que el cliente reconozca la condición de dependiente al trabajador, de la Disposición Final quinta y de la Disposición Final sexta.


5.Con este Estatuto, los trabajadores prestadores del servicio de transporte al amparo de autorizaciones administrativas, lejos de ver reconocidos sus derechos, sufren una nueva segregación, la primera fue cuando en 1994 fueron expulsados del Estatuto de los Trabajadores, aún teniendo las características del trabajador por cuenta ajena, y la actual, porque pueden pasar casi 3 años para que el cliente les reconozca su condición de autónomos dependientes y con ella les abra la puerta a los limitados derechos del nuevo Estatuto. los grupos parlamentarios han preservado los intereses de las asociaciones empresariales, no los derechos de los TRADE.


6.Sorprende la incoherencia del Parlamento, que aprobó en abril una moción en el Senado, a instancias del Grupo Socialista, instando al Gobierno a que “tome las medidas oportunas en orden a que las mejoras de protección social contenidas en el Proyecto de Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo puedan ser aplicadas con carácter inmediato a su entrada en vigor, con especial énfasis en aquellas que operan sobre los TRADE”. El texto aprobado actúa en contrario.



Madrid, 28 de junio de 2007.
   
Confederación Sindical de Comisiones Obreras


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