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Publicitación de la nueva normativa para las vacaciones

Vacaciones 2005

Hoy día 7 de abril de 2005 ha publicado la dirección de Capgemini unilateralmente una nueva norma de vacaciones para el año 2005.


Este artículo se publicó originalmente en


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Desde esta Sección Sindical de CCOO entendemos la necesidad de regular y planificar las vacaciones de todos los trabajadores y trabajadoras con una antelación suficiente y no como se venia haciendo en los años anteriores.

En lo que nunca podemos estar de acuerdo es en el segundo párrafo de la norma, donde obliga a disfrutar 18 días de las vacaciones de 2005 en los meses de jornada intensiva, Julio y Agosto.


Esta norma es desde nuestro punto de vista desproporcionada e ilegal ya que el estatuto de los trabajadores dice en su articulo 38.2:


"El período o períodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones.


En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción competente fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente."


Recordar que el convenio de Planificación, al cual esta adscrito Capgemini, no modifica ni añade nada al tema de las vacaciones anuales.


Por lo que todos deberíamos provisionar nuestras vacaciones del año en PON durante el mes de abril, pero sin atender a la exigencia de solicitar 18 días durante los meses de julio y agosto.


Entendemos que de no aprobarse los días solicitados se debe negociar individualmente nuestras vacaciones con cada responsable de servicio y en el caso de no llegar a un común acuerdo no aceptar las exigencias desmesuradas de la compañía.


Si no llegáramos a un acuerdo y nos intentaran imponer las fechas de las vacaciones, tendríamos la posibilidad de interponer una demanda individual tal y como ampara el estatuto de los trabajadores en su articulo 38.2 donde dice que las vacaciones se "fijaran de común acuerdo".


Si tuvierais algún problema derivado por las vacaciones no dudéis en poneros inmediatamente en contacto con nosotros para mediar con la empresa o ayudaros a presentar una demanda en el caso de ser necesario y querer realizarla.


Desde la Sección Sindical estatal de CCOO en Capgemini también estamos preparando una demanda colectiva, ya que como hemos comentado anteriormente, esta norma la vemos sumamente desproporcionada e ilegal al no tener en cuenta el articulado del estatuto de los trabajadores y modificar las condiciones laborales que veníamos disfrutando en años anteriores.

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