Importante Acuerdo laboral en Bankia.


Incluye mejoras económicas, laborales y beneficios sociales aportando, además, garantías y consolidación de derechos a las empleadas y a los empleados de Bankia.

CCOO, ACCAM y CSICA hemos suscrito hoy un importante acuerdo con la Dirección que incluye mejoras económicas, laborales y beneficios sociales aportando, además, garantías y consolidación de derechos a las empleadas y a los empleados de Bankia.

Control horario.

La existencia de un sistema de control y registro de la jornada de trabajo es condición previa y necesaria para aplicar los horarios acordados a determinados colectivos. Bankia ha anunciado que dicho sistema se implantará antes del 15 de Septiembre.

Retribución variable.

Targets: se establecen estos nuevos rangos, con efecto 1.1.2017.

Director de oficina: Nivel A, entre 9.000 ? y 15.000 ?; Nivel B, entre 8.000 ? y 13.000 ?; Nivel C, entre 7.500 ? y 11.000 ?; Nivel D, entre 6.200 ? y 9.000 ?. Nivel E, entre 5.100 ? y 9.000 ?.

Subdirector de oficina: Nivel A, entre 4.800 ? y 5.000 ?; Nivel B, entre 4.200 ? y 5.000 ?; Nivel C, entre 3.200 ? y 4.500 ?; Nivel D, entre 3.000 ? y 4.500 ?. Nivel E, entre 2.400 ? y 4.500 ?.

Gerente de Empresas: entre 5.000 ? y 9.000 ?.

Gerente de Carteras: entre 3.600 ? y 5.000 ?.

Comercial: entre 1.250 ? y 2.500 ?.

Escalado: adaptación a los requerimientos de la Unión Europea y del Banco de España, con efecto 1.1.2016.

Si la propuesta de pago de dividendo efectuada por Bankia para el ejercicio se sitúa entre el 0% y el 49%, RV=0. Entre el 50% y el 59%, RV=50%. Entre el 60% y el 69%, RV=60%. Entre el 70% y el 79%, RV=70%. Entre el 80% y el 89%, RV=80%. Entre el 90% y el 99%, RV=90%. A partir del 100%, RV=100%

Horario en Servicios Centrales, Direcciones Territoriales y de Zona.

- A partir de 1.10.2016, previa implantación del sistema de control horario.

- En periodo de prueba hasta 31.12.2016.

- Renovación tácita anual de estas condiciones, con opción expresamente recogida en el Acuerdo de denunciar esta regulación horaria.

Horario 1:

- Entrada flexible, de 7,45 h. a 9 h.

- Presencia obligada entre las 9,00 h. y las 14,30 h.

- La tarde que se trabaje, 1 h. para comida y presencia mínima 2 horas.

- Realización mínima de 35 horas y máxima de 42 horas semanales.

- Descanso mínimo de 12 horas entre jornada y jornada.

- En caso de guarda legal de menores de 12 años, la entrada podrá ser hasta las 9,30 h.

- Compensación por comida, a partir de la realización de 2 tardes por semana.

- Reuniones de trabajo, cursos, talleres, etc. computan como jornada de trabajo.

- Jornada anual límite de Convenio.

- Adscripción voluntaria a esta flexibilidad horaria.

Horario 2:

De 1 Octubre a 30 Abril, de Lunes, Martes, Miércoles y Viernes, entrada flexible, entre las 7,45 y las 8,15 h; salida flexible, entre las 14,45 y las 15,15 h. Jueves, entrada entre las 7,45 y las 8,15 h; salida entre las 14,15 y 14,45. Tarde de los Jueves, entrada entre 15,45 y 16,15 y salida entre las 18,45 y las 19,15 h.

De 1 Mayo a 30 Septiembre, entrada entre 7,45 h. y 8,15 h., salida entre 14,45 y 15,15 h.

Gestores con Carteras Específicas.

A partir de 1 de Octubre de 2016, previa implantación del sistema de control horario.

Condiciones:

- Adscripción voluntaria.

- Jornada anual límite de Convenio.

- Reuniones de trabajo, cursos, talleres, etc. computan como jornada de trabajo, incluido el tiempo de traslado, ida y vuelta.

Compensaciones:

- Target entre 3.600 ? y 5.000 ?, que incluye tanto la retribución variable como la retribución adicional por su cartera.

- Ponderaciones de los elementos del SRV: V1=5%, V2=75%, V3=20%. Los objetivos individuales no podrán superar el 70% de su V2, correspondiendo el resto a los objetivos de su centro de trabajo.

- Complemento funcional de 2.000 ? anuales, para todas y todos los Gestores con una retribución fija inferior a 48.000 ? brutos al año.

- Compensación por comida los días de trabajo en jornada de tarde por importe de 9 ?

- Coeficiente multiplicador de los puntos PDP de 1.15, para acelerar la carrera profesional, a partir de una consecución del 70% en su V2.

- Reducción del requerimiento para ascender de Nivel PDP 17 a 16, pasando de los 100 puntos actuales a 80 puntos.

- Posibilidad de ascenso hasta Nivel V de Convenio, Posición PDP 14, superando por tanto el tope anterior.

- Se establece un complemento hasta Posición PDP 22, a partir de 18 meses de antigüedad en la función.

Horario:

- Entrada de 8 h. a 9 h.

- Presencia obligada entre las 9 h. y las 14,30 h.

- La tarde que se trabaje, 1 h. mínima para comida.

- Realización de 100 tardes al año.

- Para que una tarde compute como una de las 100, deberán realizarse 2 horas de actividad profesional.

- Realización mínima de 35 horas y máxima de 42 horas semanales.

- Descanso mínimo de 12 horas entre jornada y jornada.

Comisión de seguimiento: especial vigilancia de la voluntariedad; cambios de destino o puesto, en caso de no aceptación de las nuevas condiciones; proporcionalidad en la aplicación de condiciones (retribución variable, coeficiente multiplicador), en caso de cambio de función.

Retribución Variable 2015: la empresa reconoce un ajuste en la retribución variable de Gestores de Carteras del año 2015, evitando con esta medida que ningún gestor reciba una RV inferior a la cantidad equivalente de un comercial en su misma oficina.
 

Gerentes de empresas.

Con efecto 1 de Octubre de 2016, previa implantación del sistema de control horario, excepto el Target de la RV, que tiene efecto 1.1.2017.

Compensaciones:

- Target retribución variable entre 5.000 ? y 9.000 ?.

- Compensación por comida los días de trabajo en jornada de tarde por importe de 9 ?, siempre que se trabaje un mínimo de dos tardes.

Horario:

- Entrada flexible, de 7,45 h. a 9 h.

- Presencia obligada entre las 9,00 h. y las 14,30 h.

- La tarde que se trabaje, 1 h. para comida y presencia mínima 2 horas.

- Realización mínima de 35 horas y máxima de 42 horas semanales.

- Descanso mínimo de 12 horas entre jornada y jornada.

- En caso de guarda legal de menores de 12 años, la entrada podrá ser hasta las 9,30 h.

- Reuniones de trabajo, cursos, talleres, etc. computan como jornada de trabajo.

- Jornada anual límite de Convenio.

Multicanalidad.

A partir de 1 de Octubre, las personas adscritas a la DN Multicanalidad que prestan servicio directamente al cliente serán considerados a todos los efectos Gestores de Carteras Específicas y se les aplicarán las condiciones y compensaciones establecidas para dichos Gestores de Carteras con excepción del horario, que ya está previamente acordado para Multicanalidad.

Compensaciones

- Target entre 3.600 ? y 5.000 ?, que incluye tanto la retribución variable como la retribución adicional por su cartera.

- Ponderaciones de los elementos del SRV: V1=5%, V2=75%, V3=20%. Los objetivos individuales no podrán superar el 70% de su V2, correspondiendo el resto a los objetivos de su centro de trabajo.

- Complemento funcional de 2.000 ? anuales, para todas y todos los trabajadores con una retribución fija inferior a 48.000 ? brutos al año. No es acumulable para quienes ya lo están percibiendo.

- Compensación por comida los días de trabajo en jornada de tarde por importe de 9 ?.

- Coeficiente multiplicador de los puntos PDP de 1.15, para acelerar la carrera profesional, a partir de una consecución del 70% en su V2.

- Reducción del requerimiento para ascender de Nivel PDP 17 a 16, pasando de los 100 puntos actuales a 80 puntos.

- Posibilidad de ascenso hasta Nivel V de Convenio, Posición PDP 14, superando por tanto el tope anterior.

Otras condiciones:

- Sistema de control horario.

- Reuniones de trabajo, cursos, talleres, etc. computan como jornada de trabajo, incluido el tiempo de traslado, ida y vuelta.

- Jornada anual límite de Convenio.

Número máximo de Gestores de Carteras y Gerentes de Empresas.

Hasta el 31.12.2018, el número máximo de nuevos nombramientos de Gestores de Carteras y Gerentes de Empresas no podrá exceder el 10% de la plantilla existente a 30 de Junio de 2016.

Tipos de interés mínimo de los préstamos de vivienda. Cláusula suelo.

Con efectos desde 1 de Octubre de 2016 se aplicará un tipo de interés mínimo del 0,10% a los préstamos de empleado para adquisición de vivienda, para cambio de vivienda habitual, complementario para adquisición de vivienda y para adquisición de segunda vivienda. Esta medida es de aplicación a la cartera viva.

Se ha comprometido la extensión de esta mejora a los préstamos de las y los trabajadores de empresas participadas.

A su vez, a los préstamos vivienda de las y los trabajadores de empresas externalizadas y a los de las personas afectadas por salidas en los ERE de 2010 y 2013, con efectos 1.1.2017 se aplicará un tipo de interés mínimo del 0,90% en 2017 y del 0,50% a partir de 2018.

Ayudantes de Dirección / Secretarias y Secretarios.

Se reconoce el tiempo de permanencia en la función en las siete Cajas de origen a efectos de consolidación de Complementos salariales.

Personas que han prestado servicios a través de contratos temporales o ETT.

Se reconoce el tiempo de prestación de servicios (antigüedad) a las personas que hayan trabajado en cualquiera de las siete cajas de origen de Bankia través de un contrato temporal, contrato de relevo o de ETT, a efectos indemnizatorios y de los ascensos por experiencia establecidos en el Convenio Colectivo.

Previsión Social Complementaria

Se acuerda adaptar algunas especificaciones del Plan de Pensiones, referenciadas al Convenio.

Bankia efectuará las aportaciones al Plan de Pensiones, acordadas en el Acuerdo laboral de 7 de Julio de 2015 (mínimo del 4% de la retribución fija y el 2% del variable), en cada uno de los trimestres y sin efectuar un ajuste en el último trimestre del año, como venía haciendo ahora.

Plus Convenio

Bankia ha aceptado la solicitud sindical de no retroceder los importes ya abonados en el ejercicio actual, correspondientes a la parte variable del Plus Convenio.

Comisión de seguimiento.

Creación de una Comisión de Seguimiento de las materias reguladas en este Acuerdo que se reunirá con carácter bimensual y contará con la participación de los sindicatos firmantes.

Plan de Igualdad.

- Se ha suscrito el Plan de Igualdad en Bankia, que incorpora y mejora las medidas de conciliación suscritas recientemente en el Convenio Colectivo: hasta 30 horas de permiso para acompañamiento a familiares en tratamientos y circunstancias especiales. Hasta 10 días de permiso adicional, de concesión obligatoria, por causas graves y extraordinarias. Equiparación de las parejas de hecho en permisos, excedencias y anticipos.

- Servicios Centrales y Gestores con carteras: se incorpora la posibilidad de entrada hasta las 9,30 h. sin necesidad de acogerse a una reducción de jornada, en caso de guarda legal de hijos menores de 12 años.

- Se establece el compromiso de que el 40% de nuevos nombramientos recaigan en personas del sexo menos representado.

Oficinas Ágiles.

La empresa y los sindicatos hemos acordado abrir una negociación específica el 1 de Septiembre, a fin de dotar a estas oficinas y a estos trabajadores de la necesaria estabilidad y solucionar las incidencias actuales.

Planes de mejora.

Se incorpora al acuerdo la formalización de un protocolo para el desarrollo y ejecución de los Planes de mejora que hasta ahora implantaba la empresa de manera unilateral.

19 de Julio de 2016