Si haces el curso fuera de tu jornada laboral tienes derecho a compensar los gastos

¿Formación dentro de la jornada laboral o fuera de Banco Sabadell?


03-09-2009 El Banco adquiere el compromiso de que la formación se lleve a cabo dentro de la jornada laboral legalmente establecida. En el caso en que se realice fuera de la jornada laboral, será voluntaria por parte del empleado/a y se compensará cada hora de formación con una hora de licencia retribuida.

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¿Formación dentro de la jornada laboral o fuera?

Asistir a un curso fuera de tu jornada laboral es voluntario según normativa (Manual 721302, punto D.6) que emana del acuerdo de 2001 entre el Banco y los sindicatos:

D.6. Compensación de las acciones formativas.

El Banco adquiere el compromiso de que la formación se lleve a cabo dentro de la jornada laboral legalmente establecida. En el caso en que se realice fuera de la jornada laboral, será voluntaria por parte del empleado/a y se compensará cada hora de formación con una hora de licencia retribuida.
A los efectos del control de las horas que cada empleado podrá compensar, se estipularan las horas necesarias para la realización de cada curso y se publicaran en el catálogo de cursos. Asimismo, cada manager controlará las horas de formación realizadas por el personal de su ámbito, fuera de la jornada laboral con el fin de compensarlas con licencias retribuidas, las cuales serán autorizadas mediante intranet como licencia para formación (ver Normativa Ausencias y licencias).


 

 

El Banco costeará el hospedaje y manutención en caso que la formación sea de carácter presencial e implique extensión de jornada laboral. Los gastos de desplazamiento para la asistencia a los cursos de formación serán en todo caso a cargo del Banco (ver Normativa de Gastos).


Por otro lado, existe también la subvención por conexión a Internet para formación fuera del Banco. La subvención la perciben todos los empleados que hayan finalizado algún curso on line a través de la Extranet. El importe de la subvención es actualmente de 16,50 euros, el abono será trimestral (nóminas de Abril, Julio, Octubre y Enero), a mes vencido y curso acabado.


Por tanto, si haces el curso fuera de tu jornada laboral tienes derecho a compensar los gastos de la comida y/o del desplazamiento y compensar el tiempo de duración de la formación por el equivalente en licencia retribuida. Es recomendable que antes de iniciar el curso comuniques a tu superior las condiciones con las que vas a asistir a la sesión de formación.

Septiembre de 2009