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imagen de una trabajadora detrás  del mostrador de un comercio de alimentación

Convenio Colectivo de Comercio de Alimentación de la Comunidad de Madrid

El 24 de febrero se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) el texto íntegro del Convenio Colectivo del Sector de Comercio de Alimentación de la Comunidad de Madrid para los años 2023, 2024 y 2025.


Este artículo se publicó originalmente en MADRID (Federación de Madrid) , Comercio (Sector del Comercio) ,


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El presente Convenio Colectivo establece y regula las normas básicas de las condiciones mínimas de trabajo de las empresas de comercio de alimentación al por menor (establecimientos tradicionales, autoservicios, supermercados y tiendas descuento), mayoristas y distribuidores de alimentación.

Establece las tablas salariales del Convenio Colectivo del Sector del Comercio de Alimentación de la Comunidad de Madrid para los años 2023, 2024 y 2025.
  • Incremento salarial para el año 2023 del 5%, con efectos desde el 1 de enero de 2023, que se hará efectiva en el momento del registro ante el REGCON del presente acuerdo (24 de febrero de 2024)
  • Para el año 2024 se acuerda una subida salarial, efectiva a partir de enero de 2024, del 4% con revisión al IPC hasta el límite del 1%.
  • Y para el año 2025 se acuerda una subida salarial del 3% con revisión al IPC hasta el límite del 1%.
 
 
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