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Jefe Administrativo: Adecuación función-categoría

19 03 03 La empresa se ha comprometido a que toda persona que realice de manera satisfactoria esta función durante un período de entre 12 y 18 meses pasará a tener la categoría superior. (PDF:Cat. / Cast.)


Este artículo se publicó originalmente en Banco Sabadell (CCOO Grupo Banco Sabadell) ,


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JEFE ADMINISTRATIVOAdecuación función-categorí


De entre los muchos aspectos que nos afectan como trabajadores y trabajadoras de esta empresa uno de los que más nos preocupa es el salarial. De la misma manera que la empresa pretende (a menudo de una forma poco humanizada y exagerada) extraer el máximo provecho profesional de cada uno de nosotros, también queremos y creemos del todo justo que nuestra categoría profesional se ajuste a la tarea que realmente realizamos. En este sentido, el Jefe Administrativo (antes llamado Responsable Administrativo o Jefe de Servicios Operativos) es una de las funciones que más ha sufrido en el pasado y aún sigue sufriendo la disfunción entre la responsabilidad de la tarea encomendada y la categoría de las personas que la desarrollan. Las personas que desarrolláis esta función habéis sufrido constantemente cambios de tareas, de jerarquía e incrementos de trabajo y responsabilidad. A menudo sois aquella persona que esta en medio de las problemáticas y tensiones que hay en vuestro centro de trabajo. Además, en relación con la vertiente jurídica, el Convenio Colectivo de Banca vigente dice que "los trabajadores que realicen funciones de un grupo profesional superior por un período de 6 meses en un año o 8 meses en dos años, pasarán a pertenecer al nuevo Grupo profesional, con el nivel retributivo correspondiente al trabajo ejercido" (art. 8º). Este artículo abre la posibilidad de denunciar situaciones irregulares a nivel individual. De toda manera, como en CCOO somos conscientes de que la plantilla de esta empresa es muy reticente a entablar demandas individuales, desde hace muchos tiempos hemos luchado por conseguir que los Jefes Administrativos tengan el reconocimiento que se merecen en el ámbito salarial o de categoría. Finalmente, cabe señalar que el Banco ha entendido que ésta es una función fundamental para el buen funcionamiento operativo de la red y que es necesario recompensar el esfuerzo de una manera clara y transparente. Parece ser que, a partir de este año, dejarán de producirse de manera generalizada aquellas situaciones en las que, personas que realizaban esta función, la hacían durante 2, 3 y hasta 4 años con categoría administrativa. Respecto a esto, la empresa se ha comprometido a que toda persona que realice de manera satisfactoria esta función durante un período de entre 12 y 18 meses, pasará a tener la categoría superior. Como que la mayor parte de los empleados y empleadas que realizan esta función con categoría administrativa tienen nivel IX, esto supone que pasaran a categoría de personal técnico. Dado que la empresa trabaja con la información existente en sus bases de datos, es muy importante que cualquier persona que se incorpore a la función de Jefe Administrativo de manera efectiva, compruebe que su ficha personal se actualice. Si pasamos de las ideas genéricas a las cifras, cabe decir que según los propios datos de la empresa, actualmente hay 342 personas que desarrollan la función de Jefe Administrativo. De esta cifra, sesenta y seis personas aún tienen categoría administrativa. En estos momentos, la empresa se ha comprometido a pasar (durante el mes de marzo) a categoría de técnico a 54 personas. Respecto al resto, se les incrementará su categoría siempre y cuando haga al menos un año que desarrollen de manera satisfactoria -con un buen cumplimiento de objetivos- su función. Para CCOO supone una especial satisfacción conseguir este reconocimiento, aunque parcial, de la tarea que habéis hecho y hacéis los Jefes Administrativos de la red. Una vez más os recordamos la importancia que tiene actualmente el cumplimiento estricto de la normativa. También recordaros que la profesionalidad en el trabajo no debe estar necesariamente ligada a la extensión sistemática de jornada. Bien al contrario, en los tiempos que corren la conciliación de la vida laboral con la familiar y social es ya, y cada vez más, una necesidad ineludible para disfrutar de una manera integral de nuestra vida y evitar caer en una espiral de sintomatologías y enfermedades derivadas de nuestro trabajo. En cualquier caso y ante cualquier duda, os agradeceremos os pongáis en contacto con nosotros.


Sabadell, 19 de marzo de 2003

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