Archivado en

Tendremos la comida en paz!

Cheque restaurante: Cobre 2.000 euros de su sueldo en 'negro', hacienda lo permite.

La reciente respuesta de la Dirección General de Tributos para zanjar la polémica de los cheques restaurante ya empieza a tener consecuencias. VARIAS EMPRESAS HAN PROPUESTO A SUS TRABAJADORES REBAJAR SU SUELDO BRUTO EN TORNO A 2.000 EUROS


Este artículo se publicó originalmente en Asepeyo (Comfia CCOO Asepeyo) ,


pdf print pmail

Varias empresas, entre ellas algunas de renombre, han propuesto a sus trabajadores rebajar su sueldo bruto en torno a 2.000 euros anuales para cobrar este dinero con esos vales de comida, que han quedado definitivamente libres de impuestos independientemente de si se usan bien o mal.

Con esta propuesta, el empleado sale ganando: cobra más porque todo el importe bruto pasa directamente a neto y, además, no tiene que incluirlo en la declaración del IRPF; eso sí, sólo se lo puede gastar en establecimientos de restauración y hostelería, y no puede disponer de ello para nada más. Respecto a la empresa, le da lo mismo una cosa que otra, puesto que tanto el salario como los vales de comida son gastos deducibles.

Los que no salimos ganando somos todos los españoles que pagamos impuestos. Pero eso no parece importarle demasiado a Tributos. En la famosa consulta vinculante, esta dirección general se carga los requisitos que impone el reglamento del IRPF para que estos instrumentos puedan estar exentos de impuestos.

El reglamento creó una gran alarma el año pasado porque impone una serie de restricciones al uso de los cheques que, en teoría,
hacen casi impracticable su uso: la principal es que obliga a gastar los 9 euros de cada ticket en el día, puesto que la cuantía no consumida no se puede acumular a otro día; también exige a las empresas llevar un registro con la fecha de entrega de los cheques e impide el reembolso de su importe (cobrar las ‘vueltas’). La lógica del Gobierno era que los tickets sirvieran realmente para pagar la comida de los empleados –como alternativa a los comedores de empresa- y evitar que se usara como un sobresueldo opaco a Hacienda.

Pero ahora el propio departamento que dirige Carlos Ocaña se ha pegado un tiro en el pie.
La respuesta de Tributos del 28 de diciembre establece que la empresa no es responsable de la utilización indebida de los vales o tarjetas, sino que lo es el trabajador. Dado que no se va a poner a investigar cómo se gastan estos tickets los millones de trabajadores que los reciben en España, la respuesta anula en la práctica los requisitos del reglamento del IRPF, que quedan así en papel mojado: la norma existe, pero si no se cumple, no pasa nada. Es decir, no la va a cumplir nadie.

El engorro de las fechas

En realidad, Tributos sí mantiene uno de los requisitos que más temían las empresas emisoras de vales. En otra consulta vinculante de la misma fecha, Tributos considera que las empresas sí deben llevar el registro de cuándo se entregan a cada empleado y, además, que esta fecha no es la de “entrega” (por ejemplo, el día 1 de cada mes si la entrega es mensual), sino la del día previsto de utilización de cada vale. Lo cual supone un verdadero engorro para las empresas, que en teoría tienen que tener en cuenta vacaciones, bajas, libranzas, fiestas nacionales y autonómicas, etc.

En todo caso, hay distintas formas para salvar estos engorros y a buen seguro que cada empresa encuentra la suya. Lo importante es que una compañía ya no necesita elegir un medio que cumpla escrupulosamente la ley –como vales con caducidad diaria, restaurantes concertados en la zona o el uso de tarjetas con una precarga para cada día-, sino que puede optar con total impunidad por instrumentos que fomentan su mal uso, como los talonarios con fecha de caducidad de seis meses o los que fraccionan el importe en un vale de 6 euros y otro de 3. Con la seguridad de que no se arriesgan a una inspección si no cumplen el reglamento del IRPF.

Y eso permite este tipo de cambalaches de sustituir sueldo ordinario por este dinero de papel opaco al Fisco. “Modificar las escalas del IRPF o subir el mínimo exento es complicadísimo, pero Hacienda no tiene ningún reparo en permitir este pago exento de impuestos de 2.000 euros al año”, se queja un experto fiscalista. Además, los autónomos no pueden acceder a este beneficio, aunque también coman a diario. La cifra de 2.000 euros resulta de multiplicar 9 euros al día (importe máximo del vale restaurante) por los aproximadamente 225 días que se trabajan en un año descontando fines de semana, festivos y vacaciones.

Eduardo Segovia
Cotizalia

 

 [VISITA NUESTRA PÁGINA]

Infórmate

CCOO Servicios es un sindicato, es Comisiones Obreras en los sectores de Comercio, Financiero, administrativo, de las TIC, Hostelería, Contact-center, Oficinas, Turismo... Leer más


Síguenos en Telegram

Dónde estamos


OFICINAS CENTRALES
C/ Albasanz, 3 1º Planta
28037 Madrid
Tel: 91 540 92 82
Asesoría Madrid 91 536 51 63-64
Otras Comunidades
Fax: 91 559 71 96
Email: contacta@servicios.ccoo.es