Deben solicitarla antes del 31 de octubre

Si estudias o tienes hijos en edad escolar puedes percibir la ayuda por estudios


12-10-09 Los que solicitan la ayuda escolar para sus estudios y a los que lo hacen por primera vez para los estudios de sus hijos que deben solicitarla antes del 31 de octubre.

(PDF:Cas) (PDF:Gal)


Si estudias o tienes hijos en edad escolar puedes percibir la ayuda por estudios

Todos los empleados/as en activo tenemos derecho a:

1.- Unas percepciones para estudios propios:

Estudios Universitarios: 21,41 euros por crédito
Idiomas realizados en centros homologados: Gasto justificado hasta 555,83 euros por curso

Siempre se ha de presentar el documento que acredite los estudios aprobados.

2.- Una percepción por hijo/a entre 0 y 23 años de 638,46 euros:

- Se ha de presentar la solicitud en el primer año de guardería o colegio, sin ser necesaria la posterior presentación anual.
- Se tiene derecho a la percepción siempre que estén escolarizados, no trabajen o bien que su salario anual sea inferior a 6.552 euros.
- En caso de minusvalía acreditada, se percibirán 1.276,92 euros hasta los 26 años.
- En caso de que ambos padres trabajen en la empresa, percibirán la mitad cada uno.

Los empleados que en el mes de noviembre estén en activo percibirán la cantidad íntegra de la ayuda escolar solicitada en la nómina de ese mes. Por todo ello, recordamos a los que solicitan la ayuda escolar para sus estudios y a los que lo hacen por primera vez para los estudios de sus hijos que deben solicitarla antes del 31 de octubre. Las personas en excedencia por cuidado de un menor también tienen derecho a percibir la ayuda escolar de hijos, que se les abonará cuando reingresen.

Los impresos los podéis encontrar en la INTRANET -PEOPLE -SOCIALES -AYUDA ESCOLAR. Los modelos son el ME-14469 para los estudios propios y el ME-14470 para los estudios de hijos. Las solicitudes se envían a Relaciones Sociales, CPI: 3534-0724.

Octubre de 2009