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Firma convenio colectivo

Firmado el II Convenio de IRIS Assitance

En el día de ayer se procedió a la firma del II Convenio de Iris Assistance por parte de la empresa y de las Secciones Sindicales de CCOO y UGT. 
Os recordamos las principales modificaciones:


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El personal de oficina en horario de mañana trabajará una tarde a la semana de lunes a viernes de 16 a 19 horas de forma rotativa, y a cambio se percibirá compensación económica, vale de comida (o importe equivalente) y disfrute de descanso del total de horas mensuales al mes siguiente en horario de mañana (cada trabajador/a que lo solicite tendrá derecho a un día completo, más las horas restantes hasta completar las horas trabajadas de más el mes anterior). Esta distribución irregular está previsto que comience a aplicarse en el mes de MARZO. 

  • - Para el personal de oficina con jornada partida, se podrá optar por la compensación económica en nómina del importe equivalente al vale de comida. 
  • - Se unifica el tiempo de descanso en 30 minutos para todo el personal de oficina. 
  • - Agentes de disponibilidad: A petición del trabajador/a, se podrá acordar con la empresa un tiempo de descanso semanal distinto a sábados por la tarde y domingos. A efectos de vacaciones, el medio día de descanso en la jornada semanal computará sólo como medio día de vacaciones. 
  • - Horas extraordinarias: Si se compensan con tiempo de descanso, será en proporción 1 hora extra=1 hora y cuarto de descanso. 
  • - Vacaciones: La empresa requiere unos porcentajes mínimos de personal trabajando por áreas según la época del año. Como contrapartida, tendremos 1 día más de vacaciones al año (total 24 días de vacaciones + 2 de libre disposición), la empresa garantizará el disfrute de 21 días naturales consecutivos de vacaciones en julio y agosto. 

Entre el 20 de diciembre y el 15 de enero se garantizará que puedan estar de vacaciones el 25% del personal de las áreas y de los agentes asistencia a turnos, y para los agentes asistencia a disponibilidad se les garantiza el disfrute de dos días. 

  • - Se consolidan como festivos el día 24 y 31 de diciembre para el personal de oficina: es algo que ya se hacía, motivado por el cierre de la Central de Santalucia esos días. Esto supondrá el ajuste de la hora de entrada en los calendarios anuales los años que caigan estas fechas entre semana. 

  • - Permisos retribuidos: Para los permisos por fallecimiento, hospitalización o intervención quirúrgica, empezarán a contar al día siguiente si el hecho ocurre una vez finalizada la jornada laboral del trabajador/a. 

  • - Jubilaciones: Compromiso de la empresa a estudiar y contestar las solicitudes de los trabajadores a este respecto. 
  • - Complementos: El de Disponibilidad pasa a ser de 100 euros mensuales, el de Turnicidad a 85 euros mensuales, el de festivos especiales y el de noches en festivos especiales pasan a ser de 50 euros por jornada cada uno. El complemento de experiencia comenzará a devengarse a partir del 2º año de permanencia en la empresa. 

  • - Revisión salarial: Aumento del 1% para cada año de vigencia del convenio. Además, el aumento salarial se revisará al alza cada 2 años en función del IPC interanual. 

  • - Incentivo por no absentismo: +0,5% sobre los conceptos en cómputo anual de Salario Base, CPE, CPR y CPNR que se abonará en función del no-absentismo anual de cada trabajador/a. 

  • - Seguro de Vida: Se incrementa el capital a 20.000 euros y 40.000 euros si es por accidente. 

  • - Premio de jubilación: En los casos de jubilación parcial con contrato de relevo, para el cálculo del premio se tomará la mensualidad cobrada por el trabajador el último mes en activo a antes de pasar a la jubilación parcial. 

Comentaros que en este mes de febrero, la empresa abonará los atrasos correspondientes al año 2016 (1% de aumento sobre los importes de 2015 de todos los conceptos salariales revalorizables) y el incentivo por no absentismo (0,5%) respecto al salario del 2016 para aquellos trabajadores que cumplan los requisitos establecidos en el nuevo Convenio. 

En el mes de marzo, la empresa actualizará los conceptos salariales según las tablas de 2017, de forma que las nóminas del mes ya reflejarán los importes actualizados y abonará los atrasos de los meses de enero y febrero del 2017. 

Desde UGT y CC.OO. valoramos positivamente el II Convenio que tiene la voluntad de dotar de estabilidad las relaciones laborales de la plantilla de Iris para los próximos 4 años. 

Además queremos destacar que, tras unas duras negociaciones, hemos conseguido mantener condiciones que ya veníamos disfrutando, como son el Complemento por Incapacidad Temporal, la ultra-actividad de nuestro convenio y la cláusula de revisión salarial del Convenio de Mediación para el caso en que no se firmara convenio una vez caducado. 

El Convenio será registrado en los próximos días, en cuanto salga publicado en el BOE os informaremos para vuestra constancia. 
También en breve se constituirá la Comisión Mixta de Interpretación, Vigilancia y Seguimiento del Convenio, cuyo primer cometido será acordar un protocolo de aplicación para la distribución irregular de la jornada del personal de oficina de horario de mañana. Esta Comisión será la encargada durante estos 4 años de interpretar el Convenio y vigilar su correcta aplicación, así como ejercer de mediador en el caso de conflicto sobre la aplicación del Convenio. 

Os agradecemos la confianza y el apoyo que nos habéis dado a lo largo de todo este proceso. 

¡¡TU APOYO ES LA FUERZA DE LAS NEGOCIACIONES!!

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