Archivado en Comunicados, Salario

QUE NO SE DETRAIGA EL IMPORTE A LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS

IPC 2008

Recientemente ha sido publicado el Índice de Precios al Consumo (IPC) correspondiente al año 2008, situándose este en el 1,40 %.

El XIX Convenio Colectivo para las Sociedades Cooperativas de Crédito tiene una clausula (repetida en todos los conceptos sujetos a revisión salarial) que dice textualmente: “...que será el fijado en la tabla salarial del Anexo I para el año 2006 incrementado en el Indice de Precios al Consumo (IPC) correspondiente a 2007, 2008, 2009 y 2010 respectivamente. En todo caso se adelantará a cuenta de dicha revalorización, el IPC previsto por el Gobierno para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado.”


Este artículo se publicó originalmente en G. Coop. Cajamar (CCOO en Grupo Cooperativo Cajamar) ,


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