Archivado en Comunicados, Negociacion Colectiva, Empleo

Tercera reunión con la empresa

22-10-2008 Barclays Bank. Comunicado conjunto CC.OO. - UGT

Nuevamente nos ponemos en contacto con vosotros para informaros de la situación actual que presenta el proceso de negociación iniciado el pasado día 1 de Octubre, con reuniones mantenidas también los días 15 y ayer día 21.


Este artículo se publicó originalmente en Barclays (Servicios CCOO en Barclays Bank) ,


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Queremos transmitiros que el Banco, a través de los abogados del Gabinete Jurídico Sagardoy y en compañía del Director de RR.LL., nos ha presentado una nueva propuesta, mejorando la anterior en los términos siguientes: 

Edad de Prejubilación: 57 años cumplidos a 31-12-2008, con acuerdo entre el Banco y el empleado.
Edades de Jubilación: Para los colectivos 1 y 3: 61 años. Para el colectivo 2: 63 años.
(Colectivo 1: Empleados antiguo BB anteriores al 1980. Colectivo 2: Empleados de BB y BZ entrados después de 1980. Colectivo 3: Empleados antiguo BZ, anteriores a 1980).
Salario de prejubilación: 90 % del Salario de Convenio añadiendo la media de la bolsa de Vacaciones y la ayuda alimentaria, o, 75 % del Salario Real, con los límites mínimos del anterior acuerdo 2004-2006.
Revalorización: el 2% sobre todos los conceptos (salario, dotación al Fondo de Pensiones y Convenio Especial de la Seguridad Social).
Siguen sin concretar su oferta sobre Bajas Voluntarias. 

Ante esta postura, y después de estudiarla ambos Sindicatos, hemos decidido hacerle al Banco la propuesta siguiente: 

Edad de Prejubilación: 57 años cumplidos a fecha 31-12-2008. Solamente el Banco podrá reservarse la conformidad de salida para el 15 % sobre el colectivo de compañeros con 57 años. Los empleados mayores de esa edad, podrán prejubilarse sin reserva.


Edades de Jubilación: Para los colectivos 1 y 3: 61 años. Para el colectivo 2: 63 años.


Salario de prejubilación: Dos posibilidades a escoger por el trabajador:
- 100 % del Salario de Convenio o 90 % del Salario Real, con el 95 % del P.E. para el cálculo del complemento de jubilación a cargo del Banco.
- 95 % del Salario de Convenio o 85 % del Salario Real, con el 100 % del P.E.


Revalorización: el 2% sobre los conceptos de salario y dotación al Fondo de Pensiones durante el período de prejubilación.
Convenio Especial de la Seguridad Social a cargo de la empresa durante todo el período de prejubilación asumiendo el coste de la actualización anual de las Bases de Cotización.


Bajas Voluntarias: Indemnización de 70 días por año trabajado, sin límite, cobrándose en 2008, el máximo no penalizado fiscalmente, y el resto al siguiente año.


La aceptación tanto de la Prejubilación como de la Baja Voluntaria, será libre para el empleado.
El Banco deberá informar a los Representantes de los Trabajadores, la relación de compañeros a los vaya a ofrecer la baja voluntaria con suficiente antelación, así como el calendario.


Mientras dure el Plan de Competitividad en Barclays, (hasta 31-12-2010), el Banco se compromete a no iniciar Expedientes de Regulación de Empleo, Despidos Objetivos, Traslados Forzosos o cualquier otra medida traumática de gestión de plantillas. 

Queremos indicaros que esta propuesta debe considerarse el suelo del acuerdo asumible por nuestra parte.

Entendemos que el pilar básico de este acuerdo es la voluntariedad en la aceptación por parte de los empleados de las medidas que se les ofrezcan: Prejubilación o Baja Voluntaria.

Le hemos dejado bien claro al Banco que si no asume por escrito esta premisa, el Acuerdo no será posible.

La próxima reunión está convocada para el día 28 de Octubre.

Seguiremos informando y quedamos a vuestra disposición para cualquier consulta que consideréis.


Madrid, 22 de Octubre de 2008

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