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VIII Convenio Colectivo de Caja Vital para los años 2008, 2009 y 2010

El Convenio Colectivo fue suscrito por COMFIA-CC.OO. y por Grupo Independiente, e introduce avances importantes en materia retributiva, previsión social, jornada, empleo y medidas de conciliación e igualdad, entre otras


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Este convenio introduce avances importantes en materia retributiva, previsión social, jornada, empleo y medidas de conciliación e igualdad, entre otras. A continuación os exponemos más pormenorizadamente los contenidos del mismo:

 

Vigencia: 3 años

Revisión salarial:

2.008 – IPC + 0,30

2.009 – IPC + 0,60

2.010 – IPC + 0,90


Paga única de 1.250€ a la firma del convenio.


Revisión salarial en la diferencia en que el IPC real supere al previsto.


Previsión

Aumento de la aportación a las EPSV III y IV hasta el 6,5% del salario de un Asesor Financiero Nivel II (antes 6%).


Préstamos.

Nuevos supuestos para anticipos reintegrables sin interés

Mínimo garantizado para 1ª vivienda: 350.000€

Mínimo garantizado para 2ª vivienda: 300.000€

Hasta 40 años de plazo o al cumplir la edad de 85 años.

Hasta los 75 años a tipo de interés de empleado y de 75 a 85 al tipo vigente para clientes (Preferente).

Garantía hipotecaria sólo para la cantidad del préstamo que exceda de los derechos reconocidos en convenio.

Cuenta de crédito: mínimo garantizado de 40.000€, al euribor (antes 110% euribor)


Jornada

Establecimiento de un calendario anual de sábados.

A la firma del convenio, toda la plantilla con jornada partida trabajará un máximo de 3 tardes semanales.

Comisión para el paso de 3 a 2 tardes semanales, con estos compromisos mínimos:

Al 31/12/2008 se estaría aplicando este acuerdo en la oficina de Llodio y en otra de Vitoria, la cual todavía está por designar.


Al 31/12/2009 esta medida estaría en vigor como mínimo en el 50% de las oficinas de mañana y tarde.


En Álava, cierre de las oficinas al público, por la tarde, a las 19:15 y jornada continuada desde el 1/6 al 30/9


En Expansión, se seguirá cerrando a las 19:30, con jornada continuada desde el 1/5 al 30/9.

Vacaciones

Se acuerda la concesión de un día de vacaciones que se disfrutará necesariamente entre el 15 de enero y el 31 de marzo (este año desde la firma del convenio hasta el 31 de mayo).

Creación de empleo

3 nuevos puestos de trabajo para las oficinas pareadas.

Oposiciones restringidas para el personal contratado en prácticas, estableciendo el nº de plazas a ofertar anualmente en el 15% de los contratos en vigor en diciembre del año anterior.

Creación de equipos volantes:

2 personas para Madrid

1 persona para Miranda-Haro-Logroño

1 persona para Aiala

1 persona para el resto (Rioja-Llanada)

4 personas para Vitoria (2 por zona).


Conciliación

1 día de permiso retribuido por nacimiento de nieto o nieta.

Derecho a adaptar la jornada por hijos hasta 3 años.

Bolsa de horas, de uso voluntario, con cargo a vacaciones. Hasta 2 días:

14 horas para trabajadores con jornada continua y

18 horas en jornada partida


Violencia de género

Medidas para la protección contra la violencia de género.

Igualdad

Compromiso para la elaboración de un plan de igualdad en la Caja.

Excedencias

Se aumenta el plazo máximo de duración de la excedencia hasta los 10 años.

A partir de los 60 años de edad, posibilidad de acogerse a una excedencia con una aportación económica por parte de la empresa para pagar el acuerdo suscrito con la Seguridad Social. Esta aportación será anual y hasta alcanzar la edad de mejor jubilación según las EPSV.


Contrato de relevo

Fuera de convenio pero no olvidado. Tras la firma de éste y mediante acuerdo de la Comisión Ejecutiva, la Caja hará una oferta de contrato de relevo, de carácter universal para aquellos trabajadores de la plantilla que alcancen la edad requerida en los próximos 3 años, sujeto al estricto cumplimiento de los requisitos legales vigentes y a que la sustitución del relevado sea posible, con el siguiente contenido económico:

El importe resultante de aplicar lo establecido en la Ley en cada caso. La Caja sólo bonificará un 1% adicional por cada año de antigüedad en nuestra empresa superior a los 35 años, con un tope del +5%

Tras la publicación del acuerdo, darán un plazo de 2 meses para apuntarse al mismo y, a partir de ese momento, se verá caso por caso su viabilidad y el momento de su efectividad.


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