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Por ello, CC.OO. ha dirigido una carta a la Dirección evitando que el presente cambio legislativo produzca un mayor coste fiscal

La Ley de IRPF 35/2006 ha introducido la obligación de imputar fiscalmente a los trabajadores a partir de 2007 el coste de la prima del seguro ó póliza de riesgo que tenemos los empleados de Caja Madrid.


Este artículo se publicó originalmente en Caja Madrid (Sección Sindical Caja Madrid ) ,


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* La Ley de IRPF 35/2006, que regula los criterios tributarios aplicables ya en el presente ejercicio 2007 (conforme a los cuales deberemos efectuar nuestra Declaración de la Renta a partir del año que viene), introduce una novedad importante, que afecta al tratamiento de las condiciones comprometidas en el Acuerdo sobre Previsión Social Complementaria en Caja Madrid, impulsado por CC.OO. y suscrito por la Dirección y los sindicatos en 1998.

* En concreto, dicha Ley ha introducido la obligación de imputar fiscalmente a los trabajadores a partir de 2007 (al considerarla como retribución en especie) el coste de la prima del seguro ó póliza de riesgo que tenemos los empleados de Caja Madrid, que cubre los riesgos derivados de las contingencias de fallecimiento ó invalidez. De la obligación de realizar dicha imputación se deducen, a su vez, las correspondientes retenciones en la nómina... desde este mismo año.

* Sin embargo, y anticipándonos en el tiempo, en el mencionado Acuerdo interno suscrito en Caja Madrid ya preveíamos la posibilidad de que en algún momento se pudiera concretar una circunstancia como la que aquí comentamos. Por ello, en el artículo 4.3 del Acuerdo de Caja Madrid se establecieron las siguientes garantías:

“ La cobertura de las prestaciones derivadas de los riegos por contingencias de fallecimiento e invalidez del personal en activo, reguladas en la presente estipulación, se garantizará por Caja Madrid, sin que exista repercusión fiscal al empleado derivada de estas coberturas y de acuerdo con los requisitos exigidos por la normativa aplicable.

En el supuesto de que se derivaran efectos fiscales por estas coberturas, Caja Madrid compensará, de presente y de futuro las cantidades correspondientes, además de adoptar, de común acuerdo con la mayoría de las organizaciones firmantes, las medidas necesarias para evitar dicha repercusión fiscal. “

* Por ello, CC.OO. ha dirigido una carta a la Dirección con objeto de encontrar la solución que pueda dar cumplimiento a las garantías estipuladas en el Acuerdo de Previsión Social de 1998, evitando que el presente cambio legislativo produzca un mayor coste fiscal a los trabajadores de Caja Madrid.

Madrid, mayo de 2007

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