Baleares 2004-2006

Convenio para los trabajadores y trabajadoras de Comisiones Obreras en Illes Balears

El presente convenio colectivo será de aplicación a todo el personal que presta sus servicios en la Confederació Sindical de Comissions Obreres de les Illes Balears mediante contrato laboral.


Convenio Colectivo de despachos de Graduados Sociales de Illes Balears


Convenio Colectivo para empleados de Notarías de Baleares

El presente Convenio tiene como objeto la regulación de las materias que en el mismo se contienen. En los demás continuará siendo de aplicación en las relaciones laborales entre los Notarios y Empleados del ámbito a que se contrae, el Reglamento de Organización y Régimen de Trabajo de los Empleados de Notarías aprobado por Decreto del Ministerio de Justicia de 21 de agosto de 1956 en su última redacción vigente, cuyas normas se asumen además, en su caso, como convencionables por las partes contratantes, en todo cuanto no hayan sido derogadas o modificadas directa o indirectamente


Años 2003-2004

Convenio Oficinas y Despachos Illes Balears/Islas Baleares

El convenio de Oficinas y Despachos de Baleares NO está vigente. La sentencia del TSJIB anuló totalmente el convenio del 2003 y aunque se intentó negociar posteriormente con todas las patronales, éstas no llegaron a acuerdo, por lo que no se firmó convenio alguno.


Convenio Colectivo para el Personal de la Asamblea Balear de Cruz Roja

El presente Convenio será de aplicación en los centros de trabajo dependientes de la Asamblea Balear de Cruz Roja Española y afecta a todo el personal laboral que se halle prestando servicio en las misma, así como los que ingresen en ella durante la vigencia del mismo.


Convenio Colectivo de Servicio de Ayuda a Domicilio de Baleares

El presente convenio regula y es de aplicación obligatoria a las condiciones de trabajo entre personas físicas o jurídicas que de acuerdo a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores vigente tengan la condición de empleadoras y quienes les presten servicios laborales de acuerdo con la legislación vigente, siempre y cuando se dediquen aquellas (las empleadoras) a la prestación de las denominadas “actividades de servicios de ayuda a domicilio” en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Baleares