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BASES PARA UN ACUERDO DE CONVENIO

Comunicado 11 Convenio Colectivo

TEXTO ÍNTEGRO DE BASES PARA UN ACUERDO DE CONVENIO ALCANZADO POR ACARL Y LA REPRESENTACIÓN SINDICAL EL DÍA 10


Este artículo se publicó originalmente en ibercajabanco (CCOO en iberCaja Banco) ,


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Vigencia

n     4 años (2007-2010)

Revisión salarial

n     2007-2010 IPC estimado por el Gobierno, cláusula de revisión al alza por diferencias con IPC real con carácter retroactivo a 1 de Enero de cada año.

Plus Convenio

1)       La parte lineal:

2007: 255€ n 2008: 270€ n 2009: 285€ n 2010: 300€

A partir del 1.1.2011 se revisará con los mismos criterios del salario base.

2)       Se crea una parte proporcional que supone 0,25 de paga del Salario Base del Convenio en cada momento, correspondiente al Nivel retributivo del empleado/a en el momento del abono del plus.

Cuantías a 31 de diciembre de 2006

GRUPO 1

1/4 paga

Nivel X

316,58

Nivel I

574,15

Nivel XI

282,33

Nivel II

483,39

Nivel XII

241,35

Nivel III

429

Nivel XIII

193,08

Nivel IV

405,66

Grupo 2

1/4 paga

Nivel V

392,76

Nivel I

305,44

Nivel VI

379,86

Nivel II

289,24

Nivel VII

362,65

Nivel III

272,89

Nivel VIII

350,49

Nivel IV

239,09

Nivel IX

332,16

Nivel V

228,86

n     Ambas cuantías se integrarán en este Plus, que mantiene el carácter y naturaleza jurídica con el que fue creado.

n     El incremento pactado y no abonado del Plus Convenio para el año 2007 se hará efectivo al mes siguiente del momento en el que el texto de convenio haya pasado el preceptivo control de legalidad.

Otros conceptos no salariales

 

 

2008

2009

2010

Kilometraje

0,29

0,30

0,31

Dietas

32,32n64,65

33,29n66,59

34,29n68,59

Quebranto

451n510n578

465n525n595

479n541n613

n     Aportación definida al Plan de Pensiones para posteriores 1986: 700 € en 2008, revisándose a partir de 1.1.2009 conforme a los criterios establecidos para la actualización del salario base.

Jornada:

n     Libranza de tres tardes de jueves en Navidad (los dos últimos jueves de diciembre y el primero de enero) salvo que se establezcan otras fechas en acuerdo colectivo de empresa con más del cincuenta por ciento de la representación laboral.

n     En el año 2007 se librarán las dos últimas tardes de jueves de diciembre, salvo que se establezcan otras fechas en acuerdo colectivo de empresa.

n     Se incluirán en Acta:

1)       Como supuesto donde puede establecerse jornadas singulares, las oficinas exclusivamente dedicadas al segmento de empresas.

2)       La consideración como “oficinas situadas en grandes centros comerciales”, de las siguientes:

·    Aquellas oficinas ubicadas en grandes polígonos comerciales donde concurran centros de ocio, grandes superficies, grandes almacenes y similares.

·    Aquellas oficinas que, bien por la especificidad del gran centro comercial que no admita oficinas en su interior o bien por la existencia de oficinas ya establecidas de otras entidades financieras, se tengan que situar en el exterior del gran centro comercial contiguo al mismo o frente a cualquiera de sus fachadas.

3)       Será requisito imprescindible para poder establecer jornadas singulares en los casos contemplados en los puntos 1 y 2 anteriores que se alcance para ello acuerdo colectivo con más del cincuenta por ciento de la representación laboral.

Préstamo Vivienda y cambio viv. habitual

n     Mínimo 186.000 €.

n     El plazo de amortización de 35 años, máximo hasta los 70 años. Se podrá exigir garantía hipotecaria cuando la fecha de vencimiento del préstamo sea posterior a los 65 años de edad.

Ayuda Guardería y Formación Hijos empl.

 

 

2008

2009

2010

Ayuda Guardería

750

800

850

Ayuda Formac. Hijos (general)

450

470

480

Ayuda Formac. Hijos (minusv.)

3.000

3.100

3.200

 

Ayuda de estudios para empleados

n     90% de los costes justificados de libros y matrículas de dichos estudios con un tope máximo de 1.800€.

n     Contenidos académicos vinculados con la actividad propia de las Cajas o prevalentes del puesto de trabajo que el empleado desempeñe.

n     Listado en Acta, a modo de ejemplo para orientación, de dichos contenidos académicos: Derecho, Económicas, Empresariales, Dirección de Empresas, Marketing, Informática, Ingeniería, Relaciones Laborales, Ciencias del Trabajo…

n     Estudios universitarios, cualquiera que sea su grado.

n     Estudios de post-grado, ya sean oficiales o no, siempre que tengan lugar en entidades educativas de reconocido prestigio en las publicaciones especializadas.

n     Los estudios de 2º de Bachillerato o curso que permita el acceso a la Universidad. En este caso la ayuda de estudios podrá ser sustituida por la ayuda a la formación de hijos de empleados.

n     La Comisión Mixta Interpretativa adaptará los estudios a los que se refiere esta ayuda a “Bolonia”.

n     Las condiciones para la percepción, mantenimiento, pérdida y forma de pago se mantienen.

n     Transitoria: Los estudios iniciados en las Cajas con anterioridad al Convenio se seguirán rigiendo por sus condiciones hasta la finalización de los mismos conforme al régimen hasta ahora vigente.


 

Conciliación vida laboral

n     Adaptación de las disposiciones del Convenio que no se ajusten a lo dispuesto en la Ley Igualdad en esta materia.

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