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Confirmada una indemnización por estrés laboral

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la sentencia que condenó a una empresa a indemnizar con 141.694 euros a uno de sus trabajadores por no adoptar medidas ante el estrés laboral que éste sufría.


Este artículo se publicó originalmente en Fraternidad (Servicios CCOO en Fraternidad Muprespa) ,


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El TSJM desestima así el recurso de súplica presentado por esta empresa de transporte aéreo de mercancías. En la resolución se considera probado que hace diez años el emplado estuvo de baja durante tres meses "por presumible estrés laboral" y de nuevo en 2001 con un diagnóstico de "personalidad obsesiva y síndrome ansioso depresivo como consecuencia de una situación estresante en el mundo laboral". La empresa no admitió la propuesta del trabajador de reducir la jornada laboral ni le incrementó el salario que había prometido a todos sus trabajadores. En abril de 2003, el empleado volvió a darse de baja hasta la actualidad por padecer un trastorno adaptativo ansioso depresivo desencadenado por su situación laboral. En la actualidad, según la sentencia, el trabajador sufre una fobia secundaria al trabajo.

Efe

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