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La sombra de la siniestralidad laboral

SINIESTRALIDAD LABORAL

No basta sólo con legislar; la Administración tiene también una ineludible responsabilidad para hacer cumplir la ley de forma preventiva


Este artículo se publicó originalmente en Fraternidad (Servicios CCOO en Fraternidad Muprespa) ,


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 La intención del fiscal especial de siniestralidad laboral del Tribunal Supremo de endurecer las condenas de prisión para los empresarios que incumplan la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, junto con las últimas sentencias que imponen penas de prisión a empresarios por imprudencia, ha generado un lógica inquietud.

El hecho de que en España se produzcan casi un millón de accidentes laborales al año demuestra que el asunto reviste especial trascendencia, pero sería un error considerar que la solución a tan grave problema reside únicamente en generalizar la pena de cárcel. Ha transcurrido ya casi una década desde que se aprobó la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, más los reglamentos que la desarrollan.

Al principio, los empresarios sorteaban las exigencias con una documentación vacua que simulaba el cumplimiento de la ley, hasta que han ido tomando progresivamente conciencia de las sanciones en forma de recargo en las cotizaciones a la Seguridad Social –hasta un 50%– y multas –hasta 600.000 euros–, que les puede acarrear una irregularidad grave. Pero da la sensación de que la cultura preventiva no termina de calar.

Es cierto que en primera instancia son los empresarios los responsables de velar por la seguridad laboral, y por tanto de cumplir la ley, pero no lo es menos que por parte de la Inspección de Trabajo se ha mantenido tradicionalmente una actitud relativamente laxa en el control del cumplimiento de la ley, con escasez de recursos humanos y materiales, llevando a cabo en muchas ocasiones comprobaciones más de forma que de fondo.

No es exagerado, pues, advertir un tradicional escaso rigor en las exigencias administrativas para garantizar el cumplimiento de las normas de prevención. Sólo así se puede explicar que, en la actualidad, sólo el 5,2% de las compañías con fallecidos por accidente cumpla con todos los requisitos, ni siquiera formalmente, para intentar evitar el siniestro, como lamenta en un reciente estudio el Ministerio de Trabajo para analizar la mortalidad laboral en España.

Cuando la ley se incumple de forma sistemática es obvio que algo falla. Pero la solución a la ineficiencia de la actuación administrativa no puede basarse sólo en la judicialización del problema, encarcelando a empresarios y directivos que probablemente en la mayoría de los casos no han actuado con una intención dolosa.

No basta sólo con legislar; la Administración tiene también una ineludible responsabilidad para hacer cumplir la ley de forma preventiva, en este ámbito precisamente más que en ningún otro, sin menoscabo obviamente de que los episodios que revistan una particular gravedad recaigan en el Derecho Penal.

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