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Convenio colectivo de sector Oficinas y Despachos de Asturias

El presente Convenio Colectivo regulará las relaciones laborales entre las empresas regidas por la derogada Ordenanza Laboral de Oficinas y Despachos, en toda su amplitud, y el personal a su servicio, cualquiera que sea su categoría profesional.



Este artículo se publicó originalmente en ASTURIAS (Servicios CCOO - Asturias) , Oficinas y Despachos (Oficinas y Despachos) ,


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Publicaciónes anteriores BOPA:





El texto del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos publicado en BOPA de 12/08/1997 recoge en su artículo 5.º: “Este convenio se entenderá prorrogado de año en año, actualizándose con los incrementos que experimente el IPC (...)”. 





De acuerdo con el artículo 5.º del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos del Principado de Asturias, que establece: “A partir del 1 de enero de 2012 y siguientes este convenio se entenderá prorrogado de año en año, actualizándose los conceptos salariales vigentes a 31 de diciembre del año anterior con el IPC Estatal real del año anterior, si para cualquiera de las partes que lo han negociado no se denuncia, al menos con una antelación de un mes a la fecha de su vencimiento”.




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