¿Qué he de saber de un accidente de trabajo?



 ¿Qué he de saber de un accidente de trabajo?

¿Qué es un accidente de trabajo?

Cualquier accidente o enfermedad que se produzca dentro del centro de trabajo, así como los accidentes in itinere, tanto si comporta baja como si no. La Mutua gestiona las cuestiones médicas y las económicas. Es decir, es quien da la baja y el alta.

¿Qué es un accidente in itinere?

El que se produce por el desplazamiento entre el domicilio y el centro de trabajo. Si el accidente in itinere se produce fuera del horario establecido por convenio (por realizar horarios distintos a lo que establece el Convenio Colectivo) no debería haber ningún problema en que sea reconocido como accidente laboral, pero requerirá de la conformidad de la empresa.

Los ocurridos por desplazamiento que pueda realizarse por motivos de trabajo dentro del horario laboral (visitas a clientes, asistir a sesiones de formación, etc.), también son considerados accidentes de trabajo.

¿Por qué es importante que un accidente de trabajo sea considerado como tal y no como Incapacidad Temporal común?:

1.       Porque en caso de necesitar medicación, si la causa es accidente de trabajo la mutua se debe hacer cargo del coste total de los medicamentos, en cambio por enfermedad común ya sabemos como está el tema “medicamentazo”.

2.       Porque si hay secuelas, en caso de accidente de trabajo la mutua deberá seguir haciéndose cargo de los daños y posible rehabilitación.

3.       Porque en caso de que tras el accidente se quede limitada la capacidad de poder trabajar, se tiene derecho a una indemnización (según el artículo 150 de la Ley General de la Seg. Social, RDL 1/1994 de 20 de junio).

4.       Porque si es accidente de trabajo no nos afecta la reforma laboral en cuanto a que te pueden despedir por estar 9 días de baja en dos meses consecutivos.

¿Qué hacer en caso de accidente laboral?

Lo primero que hay que saber es cual es la mutua que nos corresponde. Lo siguiente es ponerlo en conocimiento del servicio de prevención. El enlace a la normativa BS sobre los accidentes de trabajo está en Proteo > Área del empleado > Prevención de riesgos laborales > Que hacer en caso de accidente.

1er supuesto: A continuación hay que imprimir el documento de “solicitud de asistencia”  y llevarlo  a la mutua sellado y firmado por la oficina. Se supone que como “accidente de trabajo” vamos a ir a la mutua en horario laboral. El transporte, que lo lógico es que sea un taxi, debería ir por cuenta de la mutua, pero es más práctico que lo pague el banco.

2º supuesto: Que no llevemos el documento sellado por la oficina. En principio sólo debería darse en el caso de accidente in itinere. Se le dice a la mutua que reclame el documento por fax a nuestra oficina.

3er supuesto: Hemos ido a la seguridad social y ésta nos ha dado la baja aunque el motivo sea laboral (nos hemos hecho daño en la oficina, caído de camino a casa, ataque de ansiedad, etc). Lo correcto y normal es que el médico de la seguridad social derivase el caso a la mutua de accidentes (después de atendernos), pero eso no pasa siempre. Si el médico nos dice que lo nuestro es por motivo de nuestro trabajo, le tenemos que pedir que nos haga un informe por escrito en ese sentido y con él ir a la Mutua de accidentes. Es posible que la mutua no quiera asumirlo, en cuyo caso os aconsejamos que os pongáis en contacto con nosotros para que lo reclamemos.

4º supuesto: Hemos ido a la mutua y ésta no nos reconoce lo nuestro como accidente de trabajo (además se niega a darnos la baja). Lo primero es nuestra salud que sería ir a la seguridad social y que esta nos dé la baja si lo estima conveniente. Lo posterior sería lo mismo que en el caso anterior, poneros en contacto con nosotros para gestionarlo.

Para cualquier duda, podéis contactar con nosotros.