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Firmado el IV Convenio Colectivo de Mondial Assistance Service España SAU y Aga International SA Sucursal en España

Comfia-CCOO. - Hoy se ha firmado el IV Convenio Colectivo de Mondial Assistance Service España SAU y Aga International SA Sucursal en España que ha sido suscrito por Comfia-CCOO junto con FeS-UGT y la parte empresarial.


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Entre los aspectos más destacados del texto está su vigencia, de 4 años, que pone de manifiesto la apuesta del sindicato por dotar de estabilidad a la plantilla a través de las condiciones laborales que recoge el Convenio.  
El acuerdo, entre otras cosas, amplía las medidas que favorecen la conciliación laboral  y familiar incluyendo flexibilidad horaria para trabajadores con hijos escolarizados así como se ha incluido la Comisión Paritaria de Igualdad. También se contemplan mejoras en cuanto a los permisos médicos. 
Comfia-CCOO valora muy positivamente, en las actuales condiciones de crisis socioeconómica, la firma de este acuerdo con el que se consigue mantener e incluso mejorar las condiciones laborales de las que goza la plantilla durante 4 años más.  
El sindicato considera fundamental en la consecución de estos logros el alto grado de consolidación de la negociación, donde CCOO cuenta con la mayoría. 

Los aspectos más destacados de su contenido son: 

Art. 1 Vigencia: la duración será de 4 años, desde 01-01-2013 hasta 31-12-2016. 
Art. 15 Jornada de trabajo: se ha recogido el horario de los viernes y la flexibilidad de la hora de entrada para el personal de oficinas con hijos escolarizados. 
Art. 19 Permisos: en caso de fallecimiento de familiar de primer grado son cuatro días naturales, de los cuales dos deberán ser hábiles. En las ausencias por visitas médicas, se incluyen las analíticas (aunque sean en centros privados) siempre que la incorporación al centro de trabajo, se realice antes de las 10,00 horas así como las visitas a centros de urgencia tanto para el trabajador como para familiares de primer grado. 
También se ha recogido en este Convenio que las personas con enfermedades crónicas avaladas por un informe médico no tengan límite de visitas médicas siempre que estén relacionadas con dicha enfermedad. 
Art. 23 Excedencias: se aumenta la reserva de puesto para la excedencia por cuidado de familiar hasta segundo grado a 18 meses.

Disposiciones Adicionales: 
-Plan de igualdad: se ha incluido en el Convenio, la Comisión Paritaria de Igualdad. 
-Comisión Técnica: se ha mantenido dicha comisión con el compromiso de estudiar la viabilidad del establecimiento de un Plan de Previsión Social como fórmula alternativa al Premio de jubilación.

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