Ampliación permiso por nacimiento, adopción o acogimiento


La ampliación del permiso será de 8 semanas este año 2019, 12 semanas en 2020 y 16 semanas en 2021


Hoy entra en vigor el apartado que amplía el permiso de paternidad del Real Decreto-Ley 6/2019, el cual introduce reformas encaminadas a lograr la igualdad real entre mujeres y hombres en el mercado laboral.

La ampliación del permiso será de 8 semanas este año 2019, 12 semanas en 2020 y 16 semanas en 2021.

Este nuevo Decreto establece como medida vigente equiparar progresivamente los permisos de paternidad y maternidad hasta hacerlos igualitarios. Serán iguales e intransferibles y pasarán a llamarse permisos por nacimiento, adopción o acogimiento.

La obligatoriedad también se ampliará de manera gradual para el progenitor distinto a la madre: las dos semanas ininterrumpidas tras el nacimiento serán obligatorias en 2019, cuatro semanas en 2020 y seis semanas en 2021.

A diferencia de los actuales permisos de maternidad y paternidad, las madres podrán ceder cuatro de sus semanas al otro progenitor. Se marca una diferencia con la normativa actual en la que se pueden transferir hasta diez semanas de permiso de la madre. En 2020 podrán ceder 2 semanas. En 2021 se completará la equiparación y ya no habrá posibilidad de ceder ninguna semana.

En los supuestos de adopción, de guarda con fines de adopción y de acogimiento, cada progenitor/a dispondrá de un período de suspensión de 6 semanas obligatorias e ininterrumpidas inmediatamente después de la resolución judicial o decisión administrativa con fines de adopción o acogimiento. Junto a las 6 semanas de disfrute obligatorio, los progenitores/as podrán disponer de un total de 12 semanas en el 2019 y 16 en 2020 de disfrute voluntario, que deberán disfrutar de forma ininterrumpida dentro de los 12 meses siguientes a la resolución judicial o decisión administrativa.

Otra de las reformas del RDL 6/2019 se encuentra dentro del permiso por cuidado del lactante: cuando ambos progenitores/as, adoptantes o guardadores/as ejerzan este derecho con la misma duración y régimen (una hora de ausencia del trabajo, que puede dividirse en dos fracciones), el periodo de disfrute podrá extenderse hasta que el lactante cumpla 12 meses, con reducción proporcional del salario a partir de los 9 meses a una de las dos personas.