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Cash Converters. Tiendas, comercio segunda mano.

Plataforma convenio Colectivo Cash Converters España S.L.

El pasado día 30 del presente tuvo lugar la primera reunión de la Mesa Negociadora del Convenio de CASH CONVERTERS ESPAÑA S.L.  Tras acuerdo en el día de hoy hemos presentado plataforma conjunta de CCOO y UGT siendo los contenidos más relevantes los siguientes: 


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INCREMENTO SALARIAL 

-Cumplimiento AENC.  

-Salario mínimo convenio 14.000€. 

-Incrementos salariales 4% anuales. 

-Establecer un sistema de incentivos negociado con la RLT.  

JORNADA 

-Reducción de la jornada laboral a 1750 horas anuales. 

-Establecer un límite de 224 jornadas de trabajo, de forma que quede garantizado el descanso semanal de 2 días completos. 

-Supresión / revisión del horario de verano allí donde continua vigente. 

-Los días 24 y 31 de diciembre cierre a las 14.00 horas en todos los centros de trabajo. 

-Priorizar jornada continuada.  

-Se disfrutará como mínimo de un sábado al mes unido a un domingo que no se trabaje. 

CLASIFICACIÓN PROFESIONAL 

-Incluir nuevos puestos de trabajo como responsables de tienda, responsables de ventas, responsables de compras, responsable de almacén, ecommerce (vendedor web), comercial de microcréditos (Dineo) y cajero/a. 

-Inclusión  de un plus para los responsables de tienda 150€.  

-Potenciar la promoción interna antes de nuevas contrataciones. 

-Prioridad del personal a tiempo parcial para cubrir vacantes a tiempo completo. 

LICENCIAS RETRIBUIDAS Y CONCILIACION VIDA LABORAL 

-Matrimonio: 15 días naturales  a disfrutar en un año desde la celebración del mismo. 

-Posibilidad de acumular la licencia a vacaciones anuales. 

-Todas las licencias comenzarán a computarse en el primer día hábil. 

-Acompañamiento de hijos al médico tanto especialistas como medicina general hasta los 18 años. 

-Todas las licencias comenzarán a computarse en el primer día hábil. 

-Cláusula de desconexión digital. 

 

INCAPACIDAD TEMPORAL    

-Complemento del 100% de IT desde el primer día en las tres primeras bajas del año.  

SEGURO COLECTIVO 

-Obligación por parte de la empresa de contratar un seguro de accidente del que se derive muerte, incapacidad permanente parcial, total y absoluta con una cobertura mínima de 30.000€ 

El próximo día 6 de febrero volveremos a reunirnos con la empresa. 

Seguiremos informando puntualmente de lo que acontezca. 

CCOO sindicato útil y eficaz. 

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