Con la salud no se juega


Numerosos compañeros y compañeras están de baja médica (ansiedad, estrés, agotamiento) y much@s más que deberían estarlo pero que continúan al pie del cañón para que nuestro Presidente pueda comunicar a sus accionistas que la integración ha sido un absoluto éxito.

De tod@s es conocido el caos generado en las oficinas tras la integración informática que comenzó hace varias semanas.

Evidentemente l@s responsables de este desaguisado no son aquellos compañeros y compañeras de SS.CC. que están luchando lo indecible para intentar conseguir que no se noten los defectos en la planificación y/o gestión de quienes toman las decisiones, muy al contrario, son l@s primer@s que están sufriendo esta alarmante incapacidad de la Dirección. ¿Es probable que el origen se encuentre en la importante reducción de recursos tanto humanos como materiales destinados para tal fin? El lamentable resultado es que numerosos compañeros y compañeras están de baja médica (ansiedad, estrés, agotamiento?) y much@s más que deberían estarlo pero que continúan al pie del cañón para que nuestro Presidente pueda comunicar a sus accionistas que la integración ha sido un absoluto éxito.

La normativa considera Accidente de Trabajo (Art. 115 LGSS) a toda lesión corporal que el trabajador/a sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena, ampliando la jurisprudencia el concepto de lesión corporal también a las lesiones psíquicas (ansiedad, estrés, agotamiento). Muy importante remarcar que la misma normativa indica que tendrán la consideración de A.T. las lesiones producidas en tiempo y lugar de trabajo, salvo prueba en contrario, que tendrá que demostrar el empresario.

Cuando alguien se encuentre en una situación asimilable a las descritas, debe dirigirse a la MUTUA correspondiente (pincha aquí para ver cuál corresponde a tu provincia)  previa comunicación (que no autorización) a su responsable directo y/o Técnic@ de RR.HH., y NO a la Seguridad Social, que no es la causante del daño ni quien debe correr con los gastos asociados. ¿Pagamos el coste entre todos o lo debería pagar quién lo provoca?

Dicho esto, indicar que la MUTUA nos debe atender SIEMPRE, independientemente de que considere el problema como accidente laboral o no; de hecho es muy probable que no lo considere como tal y que nos mande bien a casa a descansar esa tarde, o bien a tu médico de cabecera.

En ese caso, si no se está conforme con la atención recibida, se debe dejar constancia a través de los diversos formularios disponibles en las ventanillas de las propias Mutuas o a través de la Oficina Virtual de Reclamaciones de las Mutuas (https://www.ovrmatepss.es/virtual/). Además, la Seguridad Social ha abierto un servicio telefónico, atendido de 8 a 14h y de 16 a 18h en el 902 112 651.

Si continuamos sin estar preparad@s para volver a trabajar, debemos acudir a nuestro médico de cabecera quien valorará la situación, concederá o no la baja médica según su criterio y posteriormente plantear ante el INSS reclamación de Determinación de Contingencia, que no es otra cosa que dirimir si el origen de tu dolencia es laboral o no lo es.

Desde CCOO estamos a vuestra entera disposición para aclarar cualquier duda al respecto, porque con la salud no se juega.

Por otra parte, mañana 18 de abril la empresa nos convoca para ampliarnos SU información sobre la evolución e incidencias que se han presentado en dicha integración, así como para informarnos sobre la ejecución del ERE en curso. Si quieres ver la relación de bajas ya producidas hasta el 31 de marzo de 2018, detalladas por provinciaspincha aquí.