Archivado en Comunicados, Negociacion Colectiva

Traslados y Subcontrataciones en BBVA - Madrid

La Inspección de Trabajo emite Resolución favorable

Hay obligaciones que a los empresarios les cuesta trabajo cumplir aunque éstas estén expresamente recogidas en la Ley o en los Convenios Colectivos. Forma parte de nuestra labor sindical formular la correspondiente demanda o denuncia cuando se producen incumplimientos. Este es el caso en materia de Subcontratación y de movilidad geográfica y traslados.


Este artículo se publicó originalmente en MADRID (Federación de Madrid) , BBVA (Sección Sindical BBVA) ,


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La Sección Sindical de CC.OO. de Madrid denunció ante la Inspección de Trabajo, dado que en nuestras reiteradas reclamaciones en estas materias no obteníamos respuesta alguna por parte de BBVA.

En relación con los TRASLADOS queremos recordar que el artículo 28 del Convenio regula los traslados más allá de 25 Km. en el que además de una serie de requisitos en cuanto a las prioridades, se establece que las empresas favorecerán el conocimiento de las vacantes que se pretendan cubrir.

El artículo 30 del Convenio recoge los traslados dentro de la plaza o próximas siempre por debajo de los 25 Km. pero teniendo en cuenta las peticiones voluntarias y las circunstancias de la proximidad domiciliaria del trabajador.

Ninguno de los dos preceptos se cumplen por parte de BBVA, ni la publicación de las vacantes, ni el preaviso de 30 días de antelación para el traslado.

Actualmente la Empresa viene trasladando a los trabajadores en muchas ocasiones comunicándoselo el día anterior, incumpliendo de forma evidente el Convenio Colectivo.

Sobre estas cuestiones la Inspección de trabajo ha manifestado: "se requiere a la Empresa el cumplimiento exacto y de manera inmediata de lo previsto en los arts. 28 y 30 del Convenio Colectivo respecto a la necesaria publicación de las vacantes que se vayan a cubrir por los procedimientos regulados en los mismos".
Es imprescindible que ante la comunicación de un traslado sin cumplir los requisitos anteriormente referidos, os pongáis en contacto con nosotros para evitar que se siga vulnerando nuestro Convenio.

En cuanto a la SUBCONTRATACIÓN, la Inspección de Trabajo dio a BBVA el plazo de un mes para poner a nuestra disposición la información requerida, esto fue en el mes de febrero pasado y a fecha de hoy todavía no hemos recibido ninguna comunicación al respecto.

Esperamos que BBVA facilite esta información de todas y cada una de las subcontratas en todos y cada uno de los edificios y centros de trabajo que tiene en la Comunidad de Madrid.

Es inaceptable que la subcontratación sea el sistema de creación de empleo que más usan las grandes empresas, consiguiendo con ello una mayor precariedad, un recorte de derechos de los trabajadores y la no creación de empleo estable.

Seguimos trabajando, seguiremos informando.
Mayo 2004

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