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El Codigo Etico

El pasado día 22 de septiembre, se anunció en El Portal la aprobación del Código Ético de Caixa Galicia (se puede consultar en este enlace (*). El Código había sido aprobado por el Consejo de Administración el 30 de julio y entró en vigor el día 1 de este mes. Actualmente, está pendiente la subsanación de alguna remisión equivocada entre los apartados 4 y 5....

 


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Junto con los principios de actuación profesional, en el Código Ético se recogen “los principales derechos que Caixa Galicia reconoce a sus empleados/as”, así como la garantía de su cumplimiento, por lo que queremos contribuir a su difusión y aplicación.

Por las consultas que dirigís a los delegados de CC. OO., creemos especialmente relevantes los siguientes apartados:

4.3 Respeto y dignidad

  • Todos los empleados/as tienen derecho al respeto de su intimidad, orientación sexual, propia imagen y dignidad en el trabajo, especialmente frente al acoso sexual, moral y laboral.
  • No se permitirá ninguna forma de abuso de poder o autoridad, manifestaciones de intolerancia, abuso verbal, ni la utilización de amenazas u ofensas en el desempeño de cualquier cargo.
  • Caixa Galicia elaborará un Protocolo para el tratamiento de los casos de acoso moral, sexual o por razón de sexo, en el que entre otros aspectos se regularán y establecerán cauces de tramitación que garanticen la protección de la intimidad tanto a la víctima como al denunciado.

4.5 Cooperación.

Todos los empleados/as de Caixa Galicia han de favorecer un trato justo, cortés y respetuoso con los compañeros y compañeras de trabajo, al margen de la categoría profesional; cooperando personal y activamente con otras áreas, unidades y departamentos, así como con sus colaboradores/as u otros empleados/as.

El apartado 6 del Código Ético fija la garantía de su cumplimiento:

Corresponde a los responsables de departamento, dirección o división velar por el cumplimiento del presente Código.

Con objeto de garantizar el cumplimiento de las disposiciones recogidas en el presente Código, se asigna al Órgano de Caja de Ahorros de Galicia que tenga competencias en materia de cumplimiento, la función de interpretación de este Código,así como la tramitación de las incidencias surgidas en su aplicación, pudiendo proponer actuaciones para su resolución.

La vulneración de este Código ético o la complicidad con conductas impropias puede derivar en sanciones laborales, sin perjuicio de las penales o administrativas que puedan resultar de su incumplimiento.

Los empleados/as podrán informar confidencialmenteal Órgano de Caja de Ahorros de Galicia que tenga competencias en materia de cumplimiento, de cualquier aspecto relacionado con el presente Código, tales como sugerencias,quejas o conflictos, habilitándose para ello mecanismos de información que salvaguarden la identidad del informante.

Aunque esté pendiente la implantación del mecanismo para la presentación confidencial de información (demandamos que se haga de forma rápida), ya se pueden remitir comunicaciones a la Comisión de Cumplimiento, especialmente las relativas a infracciones.

Entendemos que la aprobación del Código Ético puede contribuir a la normalización del clima laboral que hemos pedido en múltiples ocasiones. Será necesaria la implicación personal de toda la plantilla para su aplicación y, en caso contrario, para exigir su aplicación.

Como siempre, los delegados/as de CC. OO. están a vuestra disposición para informar y, si fuera necesario, apoyar las reclamaciones en defensa de los derechos que nos reconoce el Código Ético.

(*) solo podrás acceder si el ordenador desde el que te conectas forma parte de la red interna de Caixa Galicia.

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