CCOO solicita la paralización de la formación Mifid II


Por fin la CNMV ha publicado su guía técnica definitiva para la evaluación de los conocimientos y competencias del personal que informa y asesora.

CCOO SOLICITA A LA EMPRESA LA PARALIZACIÓN

INMEDIATA DE LOS CURSOS DE ASESOR FINANCIERO.

 

Por fin la CNMV ha publicado su guía técnica definitiva para la evaluación de los conocimientos y competencias del personal que informa y asesora. Una guía que deja determinadas cuestiones muy clarificadas:

1.      Que ?la empresa deberá poner a disposición del personal relevante el tiempo y los recursos suficientes para que pueda adquirir y mantener los conocimientos y competencias adecuados?. Es decir, que la formación se deberá de realizar en tiempo de trabajo y el responsable de garantizarlo es la empresa.

  1. Que ?la evaluación del personal y la acreditación o certificación de la cualificación podrá ser realizada por la propia entidad o por entidades externas, según lo previsto en los apartados octavo y noveno? de la propia guía. ?La CNMV publicará una lista de títulos o certificados de entidades especializadas en relación con los servicios de asesoramiento e información incluidos en esta guía técnica. Se considerará que el personal relevante que disponga de alguno de los títulos o certificados incluidos en esta lista cuenta con la cualificación adecuada para la prestación de los servicios que la propia lista indique en cada caso?. O sea que? Ya no hay lugar a dudas: en cuanto se publique que tanto CECA, EFPA y FIKAI son reconocidas como entidades certificadoras por la CNMV, la empresa deberá aceptar dicha formación. Por ello solicitamos con carácter urgente la paralización de todos los cursos que las personas afectadas se encuentren cursando en estos momentos.
  2. Que ?a tales efectos, podrá tenerse en cuenta la formación externa ya adquirida por el empleado, así como la adquirida en los cursos de formación que la entidad haya organizado en el pasado?. La guía no excluye los cursos realizados con plazo superior a 5 años, por eso pedimos a la empresa que inste a las entidades que han ofertado cursos a que los certifiquen, y que en el supuesto de necesitar cualquier actualización la misma corra a cargo de Kutxabank.
  3. Y que ?sin perjuicio de todo esto, la entidad financiera podrá considerar adecuados títulos o certificados distintos a los incluidos en la lista de cualificaciones de la CNMV, haciendo referencia a los títulos emitidos por universidades u otras entidades certificadoras?. Dado que Kutxabank cuenta con un elevado número de empleados con titulación universitaria, solicitamos de la entidad que valide dicha formación sin necesidad de exigir otras acreditaciones.

En resumen, la guía técnica da las máximas facilidades a la entidad para que esta pueda certificar a sus empleados, por lo que exigimos que Kuxtabank aproveche toda esta flexibilidad para garantizar exclusivamente la formación adecuada.

 

3 de julio de 2017