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Firmado el acuerdo Final del ERE en PELICAN ROUGE

Tras una intensa negociación que arrancaba el pasado día 15 de Septiembre, finalmente el 5 de Noviembre se ha alcanzado acuerdo en el expediente en la empresa Pelican Rouge.

Las cláusulas finales por las que pasa el acuerdo son las siguientes:


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·      Reducción de las 76 extinciones de contrato propuesta por la parte empresarial al inicio del periodo de consultas, a 46 y de acuerdo a criterios objetivos.

·      Indemnizaciones equivalentes a 40 días del salario regulador por año de servicio, con un tope de 24 mensualidades y un límite máximo indemnizatorio de 70.000 Euros brutos.

·      La extinción de los contratos se efectuará en el plazo de los próximos tres meses.

·      Plan de recolocación externa, con atención continuada por un periodo mínimo de seis meses.

·      Los trabajadores excluidos del ámbito de aplicación del convenio, verán reducido su salario bruto fijo anual en función de los siguientes parámetros:

  • Hasta 31.000 Euros, no se aplicará reducción alguna
  • De 31.001 a 41.000 Euros, se reducirá en un 2´5%
  • De 41.001 a 75.000 Euros, se reducirá en un 5%
  • De 75.001 Euros en adelante, se reducirá en un 10%

Se acuerdan además medidas de inaplicación de las condiciones de trabajo previstas en el Convenio Colectivo, que serán sustituidas por las siguientes:

·      Jornada: la jornada anual máxima será de 1750 horas con 9 guardias obligatorias.

·      Antigüedad: la cuantía del complemento de antigüedad se reducirá en un cuatrienio (5% del salario base) y el devengo quedará interrumpido hasta la fecha en que se acuerde un nuevo Convenio Colectivo. Se garantizará el mantenimiento de un Cuatrienio.

·      Incapacidad Temporal: sólo en el caso de incapacidad temporal por enfermedad común, para determinar el complemento se tomará en cuenta el 50% del importe de la comisión.

·      Pagas por Años de Servicio: se interrumpe el devengo de las mismas, no obstante en el caso de la paga de 15 años, aquellos trabajadores que hayan devengado más de 10, y, en el caso de la paga de 25 años, aquellos trabajadores que hayan devengado más de 20 años, se les abonará lo devengado a fecha de la firma de este acuerdo en el momento en que se cumplan los 15 ó 25 años respectivamente.

Si en la negociación del Convenio Colectivo de empresa no se alcanzase ningún tipo de acuerdo, la inaplicación de las condiciones serán recuperadas de acuerdo al siguiente calendario:

  •  El 31 de marzo de 2016, el 25%
  • El 30 de junio de 2016, otro 25%
  • El 30 de septiembre de 2016, otro 25%
  • El 31 de diciembre de 2016, otro 25%


Se creará una Comisión Paritaria de seguimiento, que estará compuesta por tres miembros designados por la parte social y otros tres por la parte empresarial.

Desde CCOO, valoramos positivamente este acuerdo, que ha sido refrendado de manera mayoritaria por los trabajadores en los centros de trabajo y ha posibilitado que con el apoyo de todos pudiéramos abordar esta negociación  sin fisuras y con responsabilidad.

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