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LA OPERATIVA IMPORTA

CCOO BANESTO

Hace ya varios años que la dirección ha ido impulsando la idea de que la operativa de las oficinas era un trabajo menor e irrelevante, por lo que no ha sido necesaria la dotación de estos puestos tanto a nivel humano como de medios técnicos. Todos aquellos que se dedicaban a estas actividades conseguían una menor consideración profesional y aparejada a esto una menor retribución. Ahora el banco parece que se ha dado cuenta de su error y nos está remitiendo sistemáticamente recordatorios de actuación para evitar quebrantos, pero también nos parece procedente que se articulen medidas para ayudar a las oficinas, con información a los clientes y medios técnicos y humanos para ofrecer un servicio de calidad y con garantías.


Este artículo se publicó originalmente en Banesto (Comfia CCOO en Banesto. Derechos Laborales. Sindicato) ,


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Seguridad en las oficinas

Hay una normativa precisa que no debemos ignorar, sino cumplir escrupulosamente (OPER-046). No podemos ofrecer como excusa las aglomeraciones de clientes, ya que ante cualquier vulneración de las normas el perjudicado en última instancia será el trabajador.

Hemos de trasladar las responsabilidades a quien corresponde, la dirección de la empresa; por el contrario no debemos como trabajadores asumir ningún tipo de riesgos. Por ello, hemos de comunicar por escrito las situaciones irregulares que estemos percibiendo y que afectan a la gestión del efectivo, tales como puestos de caja inadecuados o expuestos a los “descuideros”, dispensadores con mal funcionamiento, arcos detectores ineficaces, escasez de plantilla, quejas de clientes, irregular funcionamiento del transporte de efectivo, regularizaciones de cuentas de clientes a través de caja, formularios que inducen al error, falta de máquinas contadoras, etc.
 
Debemos remitir correos electrónicos a los responsables de la UBM y la Territorial, denunciando la situación y solicitando las medidas oportunas para subsanarlas, NUNCA incumplir la normativa es la solución.

Ordenes recibidas en oficinas por canales no presenciales.

Normativa del 26-07-06 que no ofrece lugar a dudas NO ESTA PERMITIDO, ejecutar órdenes de transferencia recibidas a través de teléfono, fax o correo electrónico. Hay otras opciones como Internet, Banca Telefónica o Cajeros para su realización por los clientes.

Hemos de tener en cuenta que es una práctica muy habitual en las oficinas facilitar la emisión de órdenes recibidas por fax, que posteriormente son confirmadas por el original. La aplicación de estas medidas suponen quebrar una práctica habitual, aunque no recomendable, con la oficina como única responsable de informar y convencer a los clientes. ¿No hubiera sido más eficaz hacer una campaña informativa entre la clientela?, ¿No se puede articular medidas transitorias para la implantación de esta norma que va a comportar quejas de la clientela?

Normalización documental.

Todos los contratos deben estar firmados por los interesados. Los contratos sin firmar provenientes de campañas comerciales externas deben darse de baja si el interesado no hace acto de presencia en la sucursal.

Aunque se está convirtiendo en algo habitual por parte de algunos directivos, toda orden que vulnere este principio es ilegal y debe desobedecerse. Los objetivos no pueden ser la excusa para saltarse la norma y entre todos debemos erradicar estos comportamientos tan poco profesionales y desenmascarar a quienes potencian este juego sucio, que comprometen nuestra profesionalidad y nuestro puesto de trabajo.

Como siempre tenéis a los delegados de CCOO a vuestra disposición para informaros de vuestros derechos.

Julio 2006

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