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Avances sociales por ley y mejoras en nuestro Plan de Pensiones

Ampliación de derechos sociales por ley

Mejoras en algunos supuestos y prestaciones de nuestro Plan de Pensiones


Este artículo se publicó originalmente en Caja Madrid (Sección Sindical Caja Madrid ) ,


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 Ampliación de derechos sociales por ley

 

La Ley general de Presupuestos Generales del Estado para 2009 ha introducido nuevos derechos en relación al permiso de paternidad y a las familias numerosas, así como una reducción de cotizaciones empresariales en caso de riesgo durante el embarazo y la lactancia. Estas novedades se sustancian así:

 

   - El permiso por paternidad tendrá una duración de 20 días en estos casos: cuando el nuevo nacimiento, adopción o acogimiento se produzca en una familia numerosa; cuando la familia adquiera dicha condición con el nuevo nacimiento, adopción o acogimiento; ó cuando en la familia haya una persona con discapacidad. Esta medida tiene efectos para los nacimientos a partir del 1-enero- 2009.

 

- Se produce una ampliación del supuesto para acceder a la condición de familia numerosa, de modo que se considerará familia numerosa a las familias monoparentales con dos hijos a cargo.  

 

- Para las situaciones de riesgo durante el embarazo y la lactancia que supongan un cambio de puesto de trabajo se aplicará, con cargo a las cuotas devengadas durante la permanencia en el nuevo puesto o función, una reducción del 50 % de la aportación empresarial en la cotización a la Seguridad Social.

 

Mejoras en algunos supuestos y prestaciones de nuestro Plan de Pensiones

 

CC.OO. hemos suscrito un Acuerdo con la Caja (consulta el texto completo en nuestra web) para desarrollar aspectos contenidos, a su vez, en el Acuerdo laboral de junio pasado en materia de Previsión Social Complementaria. Así mismo, hemos aprovechado para incluir determinadas situaciones o casuística que ha afectado a algunos empleados y que han sido detectadas por nuestro sindicato. Las concreciones más importantes que hemos suscrito son estas, de forma esquemática :

 

   - Fecha de efectos de las prestaciones a cargo de la empresa, en caso de Incapacidad Permanente.

 

   - Determinación del salario de los últimos 12 meses cuando han existido en ese periodo reducciones de jornada o suspensiones de contrato, a efectos de cálculo de prestaciones a cargo del Plan de Pensiones.

 

   - Límite de las prestaciones, en caso de inexistencia o percepción proporcional de retribución variable.

 

* FE DE ERRATAS. El tipo de interés del préstamo personal de empleado es el 100% del Euribor y no el 110%, como se expresaba en nuestro último comunicado.

 

* Por otra parte, recordamos que CC.OO. ha solicitado 2 medidas sociales a la Caja:

 

- Revisar los tipos de interés de los préstamos de empleado conforme al Euribor actual.

 

- Articular una oferta de viviendas para los empleados en condiciones ventajosas.

 

Madrid, 26 de enero de 2009

 

 

 

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