Bajas médicas y jornada de trabajo. (Covid-19)


 

Desde hoy, 1 de septiembre, los compañeros y compañeras de la red comercial han vuelto a los horarios de atención al público completos y previos a los establecidos temporalmente con el inicio de la crisis sanitaria, a la vista de lo cual da la sensación que para la dirección de la entidad ya comenzamos a recuperar la normalidad cuando la realidad tristemente nos indica todo lo contrario.

Tan solo en las dos últimas semanas, siguiendo el protocolo interno del banco, una decena de centros de trabajo han tenido que ser cerrados por riesgo de contagio y al personal que hubiese mantenido contacto con la persona contagiada se le ha ordenado aislamiento preventivo; y es respecto a las bajas médicas por Covid-19 sobre la que queremos dejar claros los siguientes puntos dadas la cantidad de consultas que estamos recibiendo:

  • Los periodos de aislamiento son considerados baja médica por contingencias comunes.
  • La emisión de los partes de baja, confirmación y alta corresponde al Servicio Público de Salud a través de tu médico de cabecera.
  • La fecha de inicio será aquella en la que se acuerde el aislamiento o enfermedad del trabajador, sin perjuicio de que el parte de baja se expida con posterioridad.
  • La asistencia sanitaria y el control de los partes de baja se realizará por el Servicio Público de Salud.

Por lo que queda claro que mientras un compañero o compañera se encuentre en situación de aislamiento está de baja y al igual que NO debe acudir a trabajar, TAMPOCO debe teletrabajar, ya que está totalmente prohibido.

 

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Adaptaciones de horario y reducciones de jornada, plan “MECUIDA”

 

Con el Real Decreto ley 8/2020 de 17 de marzo, en su artículo 6, se aprueba el Plan MECUIDA que es una ampliación de los derechos de reducción voluntaria y adaptación de jornada existentes hasta entonces y que a día de hoy estará vigente hasta el 22 de septiembre, aunque todo apunta a que se prorrogue.

Este plan no se aplica para cuarentenas de personas trabajadoras ni positivos de hijos e hijas ya que en ese caso sería Baja Médica

A modo de resumen el plan MECUIDA contempla entre otras cosas, aquéllos casos en el que los padres y madres de hijos de hasta 12 años no tengan con quienes dejarles por cierre de aulas o confinamiento geográfico del centro educativo:

  • Reducción de jornada de trabajo hasta el 100% si fuera preciso.
  • Adaptación de jornada a la situación particular incluyendo la opción del teletrabajo.

En ambos casos bastaría el preaviso con 24 horas de antelación en lugar de los 15 días habituales.