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Revisión salarial para 2007 - Oficinas y Despachos Catalunya

La Comisión Paritaria del Convenio de Oficinas y Despachos en la reunión del pasado 2 de febrero acordó la nueva Tabla Salarial para el año 2007 que adjuntamos a este escrito.


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Ver comunicado "Revisió taules salarials any 2007" PDF.- (Català)

Ver tablas salariales año 2007 PDF català i castellà.-

Tal y como hemos pactado, en aplicación del artículo 21 del Convenio, se ha aplicado en primer lugar el 0’7% de aumento de las mesas correspondientes al 2006, consistente en la diferencia entre el porcentaje del IPC previsto aplicado a las mesas del 2005 (2%) y el IPC real a 31 de diciembre del 2006 (2’7%). Una vez hecho esto, se aplica un 2%, que es el IPC previsto para 2007. Repetimos que se trata de la aplicación literal del artículo 21 del Convenio, y que estos aumentos se han de aplicar sobre los sueldos bases y los complementos denominados “ad personam” (antes antigüedad).

Queremos recordar que la diferencia de más tiene efectos retroactivos limitados, de aplicación a partir del mes en el que se supere el IPC previsto y hasta final de año. De aquí viene la diferencia de un 0’7% (entre el 2% previsto y el 2’7% real). Según los datos oficiales, reconocidos por todas las partes negociadoras, en el mes de mayo del 2006 se superó el IPC previsto, por lo tanto, los efectos retroactivos comprenden los meses de mayo a diciembre, ambos incluidos. Os recordamos que todas las cantidades que se deban en conceptos de atrasos deben quedar satisfechas antes del 31 de marzo de este año.


Asimismo, aprovechamos para reiterar que este año, como consecuencia de la negociación del Convenio, continuamos teniendo 23 días laborables de vacaciones, que este día de más que se consiguió no es intercambiable por horas de descanso, y que todas las empresas están obligadas a facilitar el calendario laboral porque no pase lo de siempre: que llega final de año y no sabemos si debemos horas o nos deben. También es importante tener en cuenta que, en jornada completa, descontando vacaciones, festivos, sábados y domingos, este año salen 3’5 días (28 horas) de exceso de jornada si no se compensa de otra manera.

Os pedimos que, dada la trascendencia de todos estos conceptos, tengáis especial cuidado en la aplicación de vuestras condiciones de trabajo y que, para cualquier duda, poneos en contacto con nosotros a los teléfonos de la Federación.

Barcelona, febrero de 2007.


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