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Contra el Reglamento de cuotas participativas de las cajas de ahorros

Sentencia del Supremo estimando el recurso de CC.OO.

El Tribunal Supremo nos ha dado la razón, estimando la parte fundamental del recurso contencioso administrativo presentado contra el Reglamento de Cuotas Participativas (R.D. 302/2004), por COMFIA-CC.OO. y cincuenta consejeros generales de quince cajas de ahorros, miembros de CC.OO., pertenecientes a los sectores de empleados e impositores


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Los preceptos anulados por el Tribunal Supremo son los referentes a:

1.- Derecho de suscripción preferente.

En el Real Decreto se establecía que para poder acordar la supresión del derecho de suscripción preferente (en el caso de nuevas emisiones) era necesario el consentimiento del sindicato de cuotapartícipes. Este derecho de “veto”, que coartaba la capacidad de decisión de los Órganos de Gobierno de la Caja, ha sido anulado por el Tribunal Supremo.

2.- Amortización anticipada de cuotas.

El Real Decreto facultaba al sindicato de cuotapartícipes para impedir dicha amortización anticipada. Nos encontrábamos, por tanto, ante otro derecho de “veto” a la capacidad decisoria de los Órganos de Gobierno de la Caja que también ha sido anulado por el alto tribunal.

Ambos preceptos suponían, en la práctica, que no se cumplía la prohibición de dotar de cualquier derecho político a las cuotas participativas establecida por la Ley Financiera (Ley 44/2002), con lo que nos sentimos satisfechos por esta restitución de la legalidad realizada por el Tribunal Supremo.

Por otro lado, además de las discrepancias jurídicas con dicho reglamento, seguimos pensando que éste no asegura que la remuneración de las cuotas no acabe lastrando o condicionando las dotaciones a la Obra Social de las cajas.

Además, COMFIA-CCOO reiteramos que sería deseable que las cuotas coticen en mercados secundarios distintos de la Bolsa, pues es evidente que no son acciones ni se las puede equiparar a éstas.

Finalmente, y puesto que el Gobierno debe cumplir con la sentencia del Tribunal Supremo, creemos que debería aprovechar la ocasión para despejar las incertidumbres mencionadas, contribuyendo así a la reafirmación de la naturaleza jurídica de las cajas.

Por nuestra parte, COMFIA-CC.OO. seguiremos abanderando -como hasta ahora- la defensa de la actual naturaleza jurídica de las cajas, frente a los poderosos grupos financieros, políticos y mediáticos que, argumentando supuestas limitaciones a la libre competencia del mercado, lo que en realidad pretenden es acabar con ella, eliminando del mercado -apropiándoselas- a las cajas de ahorros, ya más del 50% del sistema financiero de nuestro país.

11 de noviembre de 2005

COMFIA-CC.OO.


Ver sentencia Contra el Reglamento de cuotas participativas de las cajas de ahorros - Atención PDF 1,1 Mb

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