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Calculadora para salario en mediación de seguros

CCOO plantea un incremento salarial fijo del 2% para cada año de vigencia del Convenio de Mediación de Seguros

El 13 de marzo se ha vuelto a reunir la Comisión Negociadora para tratar los bloques correspondientes a los capítulos VIII "Retribuciones" y XII "Previsión Social Complementaria".


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Desde CCOO hemos planteado un incremento salarial fijo del 2% para cada año de vigencia del Convenio, con una cláusula de salvaguarda del poder adquisitivo de los salarios vinculada al IPC. Así mismo, proponemos aplicar una tabla de incremento salarial variable vinculado a los ingresos por comisiones de las empresas que suponga un 1% de incremento adicional consolidable, todo ello en relación al IV Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC).

Desde CCOO consideramos que estos incrementos salariales son perfectamente asumibles por las empresas del Sector, pues según algunos estudios publicados, las corredurías tuvieron un crecimiento por ingresos del 7,03% en 2017, mientras que en ese mismo año el incremento salarial fijo fue del 1,1%

También hemos planteado la necesidad de actualizar otros conceptos económicos como las dietas, el kilometraje y la compensación por comida en los términos que planteábamos al presentar nuestra plataforma reivindicativa. Por último, en lo que a temas económicos se refiere, hemos propuesto actualizar los importes de la compensación económica por traslado en los casos de movilidad geográfica a 250€ y 300€ mensuales en función de la población de destino.

En lo referente a previsión social complementaria, proponemos incrementar los capitales del seguro de vida a 25.000€ y a 50.000€ en los casos de fallecimiento por accidente, considerándose accidente el infarto y el derrame cerebral.

Proponemos además que se fomente la jubilación parcial con contrato de relevo como fórmula para renovar y rejuvenecer las plantillas y que la compensación económica por jubilación del art. 61(“premio de jubilación”) se calcule, para las personas que provengan de una jubilación parcial, adaptando el importe a la jornada previa que tuvieran antes de acceder a la jubilación parcial, evitando así una importante pérdida económica al pasar a la jubilación total.

Finalmente, hemos planteado la posibilidad de sustituir dicho “premio de jubilación” por un plan de pensiones sectorial o un seguro de aportación definida que sirva como instrumento de ahorro para complementar las pensiones públicas de las plantillas del sector.

En este aspecto, podemos decir que existe sintonía con la patronal AEMES y las partes hemos quedado en presentarnos propuestas para ver si podemos construir un sistema que sirva como incentivo a la jubilación y como fórmula de ahorro y consolidación de un derecho y no una mera expectativa de derecho como lo que hasta ahora es el “premio de jubilación”.

 

La próxima reunión está prevista para el 27 de marzo donde abordaremos los capítulos X “Suspensión y extinción del contrato de trabajo”, XIII “Faltas y Sanciones” y XV “Derechos Sindicales y de representación colectiva”.  Seguiremos informando.

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