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Convenio Sabeco. La empresa da un ultimátum: O todo o nada

El 19 de Julio se ha vuelto a reunir la mesa negociadora del convenio de Supermercados Sabeco. La empresa ha sido muy clara en su planteamiento "O aceptáis esta propuesta o nos vamos a septiembre y empezamos de cero"


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Como viene siendo habitual el día anterior a la reunión de la mesa negociadora, las organizaciones sindicales mantenemos reunión para consensuar materias a plantear a la empresa. Llegamos a un acuerdo con respecto a la subida salarial, siendo de 2,5%, 1%, 1% y 1% salario consolidable para los años 2017, 2018, 2019 y 2020 respectivamente, y un 0,5% de salario variable dependiendo de cómo vaya el negocio, para todos los años, excepto el primero. El resto de materias se consensuaron aunque con algunas diferencias, y se lo planteamos a la empresa al día siguiente. Cuál fue nuestra sorpresa que tras hacer exposición de nuestras reivindicaciones, a la empresa le entra las prisas y nos da un ultimátum, que pasamos a detallar: Ámbito temporal: 4 años Fines de semana de calidad, entendiendo como tal los que forman sábado/domingo y/o domingo y lunes, empezando en el año 2018 con cuatro fines de semana de calidad y terminando en el año 2020 con seis. Trabajo de domingos y festivos, hay que diferenciar aquellos centros de trabajo que como norma general no se trabaje en domingo y los que sí. Para los primeros se aplica un porcentaje máximo de 60% para el año 2018, 55% para el año 2019 y un 50% para el 2020, pero siempre se podrá trabajar "hasta siete", es decir si el tanto por ciento de los domingos y festivos permitidos abrir en un determinada comunidad es inferior a siete, SIEMPRE se podrá trabajar hasta el tope de siete. Para aquellos centros de trabajo si se trabaje los domingos como norma habitual, trabajarán como máximo el 50% de los domingos y festivos. Distribución de jornada, se confeccionará un calendario anual donde debe de venir reflejado unos turnos de referencia, las vacaciones, los fines de semana de calidad,?estableciéndose horarios mensuales. Es en la comisión de horarios donde se seguirá trabajando en una mejor organización de las tiendas. Las reuniones se llevarán a cabo una al mes. Recaídas en las incapacidades temporales, quieren dejar claro que las recaídas no son una nueva baja y para el cómputo del número de incapacidad temporal va con el año natural. Proponen incorporar medidas sobre conciliación de la vida familiar y laboral, como licencias no retribuidas para la atención de menores de 12 años hospitalizados, excedencias especiales para el cuidado de familiares de primer grado hospitalizados,? Incremento salarial, un 2% para el año 2017, para el resto de años, del 2018 hasta el 2020, el incremento salarial se divide en consolidable y variable. El incremento salarial consolidable garantizado para los años 2018, 2019 y 2020 son de un 0,5%, 0,5% y 0,75 respectivamente. El incremento salarial variable, no garantizado se basa en la rentabilidad de la empresa. La fórmula a aplicar va a depender del resultado de la cuenta de explotación dividido por la cifra de negocios, si este resultado supera el 1.2% o el 1.6%, nos abonarían un 0,5%, 0,5% y 0,75% más, pero sin ir a tablas. Desde CCOO desconocemos la posibilidad del cobro del incremento salarial variable, aunque a primera vista es poco probable, no obstante y para no precipitarnos, vamos a realizar un análisis más pormenorizado. Hemos solicitado a la empresa la evolución del resultado de la fórmula a aplicar, al salario variable, de los últimos 5 años. Una vez tengamos la información, haremos la valoración en su conjunto, contando con la opinión de nuestros afiliados/as y delegados/as, y así poder decidir si pasamos a firmar o no el próximo convenio.

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