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CCOO ASEPEYO

La supresión del Impuesto sobre el Patrimonio es una pésima decisión para el sistema tributario español

El anuncio de supresión del Impuesto sobre el Patrimonio suena más renuncia en la lucha contra el fraude que a mejora de los intereses de la sociedad española.


Este artículo se publicó originalmente en Asepeyo (Comfia CCOO Asepeyo) ,


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18-08-2008 - El anuncio de supresión del Impuesto sobre el Patrimonio es una buena noticia para una minoría y una pésima decisión para la mayoría de la sociedad, además de un varapalo para quienes apuestan por un sistema tributario suficiente con un grado adecuado de equidad en la distribución de los esfuerzos. En este sentido, CCOO recuerda la necesidad de disponer de un sistema tributario suficiente y justo, necesidad se hace más evidente en un momento como el actual, donde el ciclo económico está mostrando serios síntomas de desaceleración y los ingresos públicos están comenzando a disminuir su favorable evolución de los últimos años, mientras se precisa reforzar las política públicas para proteger a las personas en peor situación.

El Impuesto sobre el Patrimonio tiene una función de control de los activos de los contribuyentes que mejora la gestión del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el principal impuesto directo del sistema tributario español. Su principal objetivo, por tanto, no es recaudar sino obtener una información muy valiosa para la Administración Tributaria.

La estructura actual del Impuesto sobre el Patrimonio es bastante progresiva tal y como demuestra el hecho que el 73,1% de la recaudación tenga como origen el 20,6% de los declarantes, con un patrimonio individual superior a 650.000 euros. El Impuesto sobre el Patrimonio centra su recaudación en rentas elevadas y exonera de tributación a las personas con rentas bajas y medias. Para realizar la valoración adecuada, conviene recordar que la renta salarial media apenas supera los 18.000 euros anuales y el patrimonio medio difícilmente alcanza los 150.000 euros con las valoraciones utilizadas por el impuesto.

 El argumento de considerar que las personas con más rentas evitan su pago al disponer de sociedades patrimoniales es una verdad a medias que, en todo caso, no es motivo suficiente para la desaparición de este tributo ya que el mismo argumento puede ser utilizado para el IRPF. El anuncio de supresión del Impuesto sobre el Patrimonio suena más renuncia en la lucha contra el fraude que a mejora de los intereses de la sociedad española.

Las estadísticas conocidas (ejercicio 2004) muestran que la supresión del impuesto es una buena noticia para una minoría y una pésima decisión para la mayoría de la sociedad, además de un varapalo para quienes apuestan por un sistema tributario suficiente con un grado adecuado de equidad en la distribución de los esfuerzos.

La recaudación del Impuesto sobre el Patrimonio –1.800,00 millones de euros según el Gobierno- no es la principal fuente de recursos públicos pero, por ejemplo, es bastante más que la dotación aprobada en 2008 para la puesta en práctica de La Ley de servicios dirigidos a personas en situación de dependencia (1.200,00 millones de euros) o que el gasto de la política de vivienda (poco más de 1.369,00 millones de euros)..

Por otra parte, la descentralización en políticas de gasto asociada al Estado de las Autonomías y la cesión de tributos que le acompaña, implica un ejercicio de responsabilidad por parte de las Administraciones Territoriales en la toma de decisiones de las materias bajo su competencia; también de sus impuestos. De manera que los Gobiernos Autonómicos, al igual que el Gobierno Central debe explicar a los ciudadanos como las modificaciones en los tributos tienen repercusiones en los bienes y servicios facilitados.

La labor del Gobierno de España es desarrollar un modelo de estado donde se combine la suficiencia de las administraciones con la garantía de los ciudadanos de acceso a los bienes y servicios públicos en igualdad de condiciones, es decir, al mismo nivel cuando se realiza un esfuerzo similar. Este modelo permite la diversidad en los territorios por el ejercicio de sus competencias normativas en los tributos de su competencia sin poner en peligro la equidad y se sustenta en la autonomía fiscal de los gobiernos autonómicos y la exigencia de responsabilidad en sus actos.

Una decisión como la adoptada de suprimir el Impuesto sobre el Patrimonio compensando a las CC.AA., al igual que sucedió con la ampliación de créditos para el pago de las políticas de competencia autonómica sin justificación o sin soporte en factores objetivos –tal y como sucedió en la primera conferencia de presidentes-, son el ejercicio de una mala pedagogía en la construcción del Estado de las Autonomías.

Conocida la línea argumental que sustenta la supresión del Impuesto sobre el Patrimonio genera bastante preocupación conocer qué sucederá con el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones donde también se produce competencia entre territorios, o con el IRPF donde también algunas rentas muy elevadas utilizan sociedades instrumentales para eludir la progresividad del impuesto.

CCOO recuerda la necesidad de disponer de un sistema tributario suficiente y justo, pero esta necesidad se hace más evidente en un momento como el actual, donde el ciclo económico está mostrando serios síntomas de desaceleración y los ingresos públicos están comenzando a disminuir su favorable evolución de los últimos años, mientras se precisa reforzar las política públicas para proteger a las personas en peor situación.


Algunas cifras del IMPUESTO sobre el PATRIMONIO (liquidación ejercicio 2004)


Número de declarantes: 904.836

Recaudación 1.205.707 millones de euros

Impuesto cedido íntegramente a las Comunidades Autónomas con capacidad normativa. La supresión del impuesto desde el Gobierno Central con compensación a las Comunidades Autónomas (1.500,00 millones de euros) avala la política de los gobiernos autonómicos del Partido Popular de rebajar impuestos sin que tengan que incurrir en la pérdida de ingresos para realizar las políticas de su competencia.

Los ingresos salariales medios en 2004 fueron 18.250,00 euros anuales que difícilmente permiten acumular un patrimonio superior a 150.000 euros medido en valor catastral de la vivienda (el método de medición en el IP).

El patrimonio se calcula individualmente, es decir, una pareja no acumula el patrimonio a la hora de realizar la declaración.

El Impuesto tiene una exención por vivienda habitual de 150.253 euros, que en la práctica se corresponde con un valor de alrededor del doble (300.000 euros) al considerar el impuesto el valor catastral y no el valor real. El primer euro se paga a partir de un patrimonio real de 300.000 euros (al 0,3%), que en caso de una pareja se multiplica por dos (600.000 euros).

 

Impuesto sobre el Patrimonio

 


Base Imponible


Patrimonio real mínimo con la base imponible declarada

declarantes

aportación cuota íntegra


contribuyentes

% sobre total

miles de euros

% sobre total

media en euros

de 100.000 a 300.000

de 250.000 a 450,000

532.316

58,8%

85.725,77

7,11%

161,04

de 300.000 a 500.000

de 450.000 a 650.000

186.349

20,6%

120.932,41

10,03%

648,96

de 500.000 a 1,000,000

de 650.000 a 1,150,000

126.334

14,0%

142.020,23

11,8%

1.124,16

+ de 1.000.000

más de 1.150.000

59.837

6,6%

738.857,25

61,3%

12.347,83

Total

Total

904.836

100,0%

1.205.707,00

 

1.332,51


 

La distribución de la cuota muestra una intensa progresividad del mpuesto sobre el Patrimonio,


  • el 73,1% de la recaudación la paga el 20,6% de los declarantes que declaran un patrimonio individual superior a 650.000 euros.


  • El 61,3% de la recaudación la pagan el 6,6% de los declarantes (59.837 personas), que con la desaparición se ahorran 12.347 euros cada uno.


  • Los contribuyentes con patrimonio inferior aportan de media 161,04 euros, menos que la realizada al IBI por un patrimonio similar.


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