Archivado en Convenios Colectivos
Convenio de Dependencia Mercantil Almeria (Comercio)
Estarán incluidas en el presente Convenio las empresas cuya actividad, desarrollada profesionalmente y con establecimiento mercantil abierto, consista en la venta de cualquier clase de artículos, bien sea al detall o al por mayor, en nombre propio o de terceros, y que no estén afectadas por un ciclo de producción, aunque el producto pueda sufrir un acondicionamiento previo, siempre que estuvieran dentro del campo de aplicación de la Ordenanza de Comercio y que no hubieran excluido por Convenio Colectivo o acuerdo la aplicación de la misma. Quedan excluidas las empresas cuya actividad consista en la venta de artículos textiles, así como aquellas otras que, por razón de sus características concretas, les sea de aplicación otro convenio específico.
Calendario Laboral 2024. Publicado en el BOE
Convenio Hostelería Baleares 2018-2022 (Publicado en el BOIB)
Firmado el Convenio de Ahorro
Iniciamos una nueva edición del Curso de Nóminas el próximo 23 de abril
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
Contact Center: ¿Cuál va a ser el incremento del salario en nómina?